SOBRESEIMIENTO

La juez archiva otra vez el caso de la obra de la Gran Vía

La juez archiva otra vez el caso de la obra de la Gran Vía
farola gran vía 2
Imagen de archivo.

La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ceuta ha acordado el sobreseimiento libre y archivo del 'caso Gran Vía' reservando a la acusación, la coalición Caballas, "las correspondientes acciones, en su caso, para que pueda ejercitarlas en la vía contencioso-administrativa".

Hace un año y medio, apenas una semana después de la presentación de la denuncia formulada por la formación localista, la magistrada ya acordó su archivo al considerar "discutible" que el proyecto se hubiese tramitado como ordinario y no de urbanización, pero en cualquier caso no dirimible por la vía penal, que tiene un carácter "fragmentario y de última ratio".

"La acusación popular ha discutido la acomodación a la legalidad de las obras de remodelación de la Avenida Alcalde Sánchez-Prados, Plaza Virgen de África, Calle Jáudenes y aledaños de esta ciudad autónoma, de las que dijo, en concreto de la aprobación de encomienda de gestión para la ejecución de las obras del proyecto, que vulneraban el PGOU y el PERI de la Gran Vía, sin que tal infracción legal", entiende la instructora, "resulte justificada, vistas las obras a realizar, tal como informa la perito Beltrán Toledo, a cuyo informe me remito, y tal como informó en su día Jesús Gentil".

Tras el primer archivo, recurrido por Caballas ante la Audiencia Provincial, esta ordenó reabrir la causa “por motivos distintos de los alegados por el denunciante-apelante". Desde su punto de vista, en la resolución de archivo que se dictó reservando a Caballas “las correspondientes acciones para que, en su caso, pudiera ejercitarlas en la vía contencioso-administrativa”, el Juzgado de Primera Instancia reconoció que los hechos expuestos en la denuncia “en cuanto infracción de normas administrativas aplicables que debieron ser tenidas en cuenta a la hora de dictar la resolución controvertida pudieran penalmente incardinarse en el artículo 320 en relación con el 404 del Código Penal”.

La perito judicial encargada de emitir una opinión técnica que se presumía será clave para el desenlace del 'caso Gran Vía' se alineó con las tesis del Ejecutivo local: las obras eran "ordinarias" y no hubo vulneración, por tanto, ni del PERI de Sánchez-Prados ni del PGOU. Su dictamen apuntó que “es un proyecto técnico que engloba las obras necesarias para la reforma, conservación, reposición de instalaciones existentes y ejecución de otras actuaciones provisionales o no, en suelo urbano propiedad de la Ciudad Autónoma sin que su redacción la deba asumir la iniciativa privada”.

“La redacción corre a cargo de la Ciudad como promotor de las mismas, según la memoria del proyecto, por lo que no hay una distribución de cargas y beneficios de los costes que conllevan las mismas", razonó, "sino que todo es a cargo público". "Es por ello”, remachó, “que queda justificado el carácter de obras ordinarias” y no de proyecto de urbanización, en cuyo caso hubiese hecho falta un trámite de exposición pública y otros que hubiesen dilatado su aprobación y encargo a Tragsa, que en principio se comprometió a terminar los trabajos en marzo pasado, algo que finalmente no hará hasta noviembre si se cumplen las últimas previsiones.

La juez archiva otra vez el caso de la obra de la Gran Vía


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