AUTO

La Justicia da 30 días a la Ciudad para abonar el plus de pantalla a 27 Bomberos

La Justicia da 30 días a la Ciudad para abonar el plus de pantalla a 27 Bomberos
Juan Vivas, Mabel Deu y Víctor Ríos con el jefe de Bomberos
Juan Vivas, Mabel Deu y Víctor Ríos con el jefe de Bomberos./archivo
El propio Juzgado advierte a la Ciudad de que, si pasados los 30 días, no abona las cantidades adeudadas, podría imponer multas de entre 150 y 1.500 euros a los responsables de incumplir la sentencia de julio de 2022

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Uno de Ceuta ha emitido un auto por el que apremia a la Ciudad Autónoma a que pague en “el plazo improrrogable” de 30 días el plus de pantalla que ya le había concedido en julio del pasado año por otra sentencia a 27 trabajadores del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de Ceuta.

El auto lo ha hecho público el sindicato UGT que defendió el derecho de los trabajadores del Cuerpo a percibir este plus cuando prestaban servicio en la centralita telefónica de Bomberos. Tanto así que se reconoce con carácter retroactivo desde 2017 a quienes desde entonces hayan desempeñado esas funciones.

UGT ha recibido el fallo del juzgado apremiando a pagar a la ciudad con satisfacción dado que la batalla legal la ganaron ya en julio del pasado año 2022. AL tiempo que acusa a la Ciudad de haberse “resistido hasta el día de hoy a abonar como es su obligación”.

“La resistencia numantina ofrecida por el Gobierno de la Ciudad para abonar la sentencia ganada en el Juzgado por los 27 efectivos del SEIS con la peregrina argumentación de que no sabían lo que tenía que pagar, llega a su fin. Parece evidente que si una Administración no sabe como ejecutar una sentencia los responsables deben de ser cambiados por personas que sepan hacer su trabajo. No se pueden tener a 27 empleados públicos más de un año sin abonarles lo que les corresponde por simple ignorancia, ya que presuponemos no existe mala fe”, recoge el sindicato en un comunicado.

Tanto así que fueron los propios servicios jurídicos de UGT quienes solicitaron la ejecución de las sentencias y ante esa petición la Justicia da un plazo máximo de 30 días a la Administración para que pague estos pluses.

Pero no sólo eso, el Juzgado advierte a la Administración de que si pasados esos 30 días sigue sin cumplir con lo dictado en la sentencia se atendrá a posibles multas y acciones judiciales que garanticen el cumplimiento de la sentencia.

“Singularmente, acreditada su responsabilidad, previo apercibimiento del Secretario Judicial notificado personalmente para formulación de alegaciones, el Juez o la Sala podrán: Imponer multas coercitivas de ciento cincuenta a mil quinientos euros a las autoridades, funcionarios o agentes que incumplan los requerimientos del Juzgado o de la Sala, así como reiterar estas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiera lugar”, recoge la Ley a la que hace alusión el propio auto de ejecución de sentencia.

La Justicia da 30 días a la Ciudad para abonar el plus de pantalla a 27 Bomberos


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad