NO HUBO DELITO PENAL

La Justicia da la razón a la Secretaria Judicial, Vilar, en el cese de una compañera por residir en Algeciras

La Justicia da la razón a la Secretaria Judicial, Vilar, en el cese de una compañera por residir en Algeciras
Vista nocturna de los Juzgados
Vista nocturna de los Juzgados./archivo

La Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz ha dado la razón a la Secretaria de Gobierno Judicial, Josefa Vilar, en la decisión de proponer el cese de una compañera, secretaria judicial sustituta, que previamente había nombrado y cuya motivación para el cese fue su residencia en Algeciras, al desestimar el recurso de esta denunciante a otra sentencia absolutoria de Vilar ante su denuncia por amenazas, coacciones y prevaricación.

Gana Vilar la primera batalla judicial, en el ámbito penal, y queda ahora pendiente de resolución la vía Contencioso Administrativa, que debe resolver aún el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y que estaba a la espera de la resolución de esta vía penal para adoptar alguna determinación.

En su día, Vilar como Secretaria de Gobierno Judicial propuso a su compañera Ana María Mena Rojas para que ocupara el puesto de secretaria sustituta. Si bien desde el primer momento le conminó de forma verbal a que trasladara su residencia de Algeciras a Ceuta. No lo hizo y la historia desembocó con una propuesta de cese que se hizo efectiva en marzo de 2014.

Tal y como se recoge en la sentencia hecha pública por el propio TSJA este viernes, “ Se razona que es incompatible con la ubicación geográfica que tiene la ciudad de Ceuta y separación continental con la península el hecho de tener que constituir Sala para celebración de juicios o practicar diligencias fuera del horario de trabajo, habiéndose dado ya una situación de imposibilidad de presencia física el día 10 de febrero de 2014. Por tanto, considera que como no se puede garantizar el cumplimiento del horario establecido ni la asistencia el puesto de trabajo y la atención diligente de los deberes del cargo propone el cese”.

Y así se hizo. La sala de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz desestima que hubiera amenazas, coacciones o prevaricación en la decisión adoptada por Vilar que considera suficientemente justificada conforme a lo que establece el reglamento, al entender que se siguió el procedimiento, dándole incluso audiencia a la cesada, que reconoció no residir en Ceuta y negó la posibilidad de mudarse desde la otra orilla por motivos familiares.

Y conforme establece el reglamento la decisión tomada por Vilar parece justificada, ya que si bien, los secretarios judiciales son tiene obligación taxativa de residir en la misma localidad que la partida judicial para la que trabajan, son escasas las excepciones contempladas y requieren siempre de su capacidad para atender las guardias y el trabajo, que al vivir en Algeciras con un mar de por medio, en el caso de Ceuta, no dependería de sus propios medios, estando a expensas del clima. E incluso tomando en cuenta que las guardias son localizadas, con lo que ello pudiera conllevar.

Aún así, lo que desestima la sentencia es la constitución de algún delito penal de los reclamados y señalados a Vilar por Mena, si bien la parte más interesante quizás, por las connotaciones que podría conllevar es la que debe resolver el Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que establecerá con su sentencia otro precedente más que ayude a dirimir si los funcionarios pueden o no trabajar en Ceuta y residir en Algeciras.

La Justicia da la razón a la Secretaria Judicial, Vilar, en el cese de una compañera por residir en Algeciras


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