PROTEGIDAS PARA VENTA

El Juzgado de lo Contencioso anula la recalificación de 2018 que vetó la venta de las VPO de Serrano Orive

El Juzgado de lo Contencioso anula la recalificación de 2018 que vetó la venta de las VPO de Serrano Orive
serrano orive
Imagen de la promoción de 45 VPO.
El magistrado concluye que la Ciudad no podía revocar sin más la resolución que adoptó en 2013, cuando pretendía hacer caja con las casas, y devolver las 45 viviendas protegidas a su fin original, el arrendamiento para jóvenes. “No existe en nuestro ordenamiento la posibilidad de revocar por motivos de oportunidad los actos favorables por muy perjudiciales que sean para los intereses públicos”, sentencia.

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ceuta ha declarado "nula de pleno derecho" la resolución que, en agosto de 2018, dictó la Consejería de Economía y Hacienda para revocar otra de 2013 y devolver a las VPO de Serrano Orive la calificación de viviendas protegidas para alquiler en lugar de sacarlas a la venta. Aquel giro político para mantener la promoción en arrendamiento para jóvenes no se podía hacer sin más por mucho que beneficiase al interés general, ha sentenciado.

La Justicia ha atendido el recurso presentado por catorce potenciales compradores porque, en opinión del magistrado, “resulta incuestionable que la resolución revocatoria se materializó sin procedimiento previo ni audiencia a los interesados” y que, al tratarse de una ventaja para los afectados, “no existe en nuestro ordenamiento la posibilidad de revocar por motivos de oportunidad los actos favorables por muy perjudiciales que sean para los intereses públicos”.

“Está claro que la modificación de la calificación de viviendas protegidas en alquiler a viviendas protegidas en venta no fue ni un acto de gravamen ni uno desfavorable, por lo que la Administración no podía proceder sin más a su revocación sin seguir el procedimiento legalmente establecido, que es el de la revisión de actos nulos de pleno derecho o el procedimiento de lesividad”, advierte el veredicto.

Desde su punto de vista, “como la Administración demandada obvió el procedimiento de revisión o declaración de lesividad para la revisión de un acto favorable, hay que declarar la nulidad radical de la resolución recurrida”.

La Ciudad calificó definitivamente en diciembre de 2009 en régimen de alquiler a 25 años las 45 viviendas protegidas de Serrano Orive y cuatro años después Emvicesa, con intención de hacer caja, recalificó la promoción para venta. En 2014, de hecho, anunció el inicio del proceso de venta “en un futuro próximo”, algo que estuvo a punto de materializar dos años después. No fue hasta junio de 2018 cuando, a instancias del Pleno, se pidió modificar de nuevo la calificación, algo que se hizo en agosto de ese mismo año.

Seguidamente la empresa municipal presentó numerosas demandas de desahucio contra los inquilinos que se han negado a entregar las llaves a pesar de incumplir las condiciones en las que les fueron concedidas por tener otras casas en propiedad, superar los ingresos mínimos, no residir en ellas, etcétera, procedimientos que siguen a expensas de lo que resuelva la Audiencia Provincial.

El Juzgado de lo Contencioso anula la recalificación de 2018 que vetó la venta de las VPO de Serrano Orive


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