RESTRICCIONES DE LA MOVILIDAD

Si necesita viajar, esta es la documentación que debe llevar consigo

Si necesita viajar, esta es la documentación que debe llevar consigo
Pasajero en la ventanilla de FRS
Pasajero en la ventanilla de FRS

Las restricciones a ,a movilidad impuestas por el avance inexorable de la pandemia del nuevo coronavirus prohíben salir o entrar de la ciudad autónoma por las únicas vías disponibles, las conexiones aéreas a través del helipuerto y las marítimas a través del puerto. Una prohibición de la que están exentos todos aquellos viajes con una causa justificada, que en todos los casos deben estar documentada.

Los desplazamientos a la península quedan limitados hasta el próximo 23 de noviembre a supuestos muy específicos, como motivos médicos, laborales, académicos, cuidado de personas dependientes o causas de fuerza mayor. Estos son los documentos que, de acuerdo al motivo del viaje, pueden requerir los Cuerpos de Seguridad para su comprobación:

DESPLAZAMIENTO POR RAZONES MÉDICAS

Copia de la cita médica. También serviría mostrar un certificado de hospitalización de un familiar, en el caso de que este fuera el motivo del viaje.

Las consultas privadas de fisioterapia o los gabinetes psicológicos, así como los dentistas, también pueden emitir justificante.

Las personas que viajan por razones médicas pueden hacerlo con un acompañante si lo consideran necesario.

DESPLAZAMIENTO POR RAZONES LABORALES, PROFESIONALES, EMPRESARIALES, INSTITUCIONALES O LEGALES

Certificado de la empresa que acredite ser trabajador de la misma y lugar de trabajo para la fecha en concreto.

ASISTENCIA A CENTROS UNIVERSITARIOS, DOCENTES Y EDUCATIVOS

Los alumnos que estudien en un municipio diferente del suyo propio deberán presentar el carné universitario o documento oficial que acredite estar matriculado en el centro.

RETORNO AL LUGAR DE RESIDENCIA HABITUAL O FAMILIAR

Se puede regresar al domicilio habitual, y se acredita con un certificado de empadronamiento o mostrando el DNI.

ASISTENCIA Y CUIDADO DE MAYORES, MENORES, DEPENDIENTES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD O VULNERABLES.

El pasajero deberá presentar una declaración jurada junto con un documento que acredite que tiene un familiar tiene algún grado de dependencia concedida o se trata de una persona de edad avanzada: copia del DNI de la persona a la que brinda asistencia, o tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, o documento oficial que demuestre que la persona atendida tiene concedido algún grado de dependencia.

DESPLAZAMIENTOS A ENTIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS QUE NO PUEDAN APLAZARSE:

Los bancos y compañías de seguros pueden emitir justificantes a los clientes que necesiten imperativamente realizar gestiones fuera de territorios con limitación de la movilidad.

ACTUACIONES REQUERIDAS O URGENTES ANTE LOS ÓRGANOS PÚBLICOS, JUDICIALES O NOTARIALES: 

Las citas previas en teléfonos móviles o empresas sirven para justificar ante los agentes cualquier cita con un organismo público, judicial o notarial.

RENOVACIONES DE PERMISOS Y DOCUMENTACIÓN OFICIAL, ASÍ COMO OTROS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS INAPLAZABLES

Las administraciones públicas pueden emitir justificantes por gestiones inaplazables, así como enviar citas previas para poder justificar un desplazamiento entre municipios afectados por limitación de la movilidad.

POR CAUSA DE FUERZA MAYOR O SITUACIÓN DE NECESIDAD

Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada y, dependiendo de la causa o situación, una declaración jurada.

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Si necesita viajar, esta es la documentación que debe llevar consigo


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