El PGOU previene del acoso a vecinos y el sabotaje de edificios protegidos para forzar la ruina

El PGOU previene del acoso a vecinos y el sabotaje de edificios protegidos para forzar la ruina
Fachada de un edificio desalojado por peligro de ruina.

- Los propietarios “deberán mantener los edificios en buenas condiciones de seguridad, salubridad y ornato públicos”

- Se velará para evitar el “abandono con mala fe del mantenimiento de la finca, la realización de sabotajes y obras de empeoramiento, instalación de vecinos molestos o contratación de matones”


El tomo cuarto de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), dedicado al catálogo arquitectónico, monumental y paisajístico de la ciudad autónoma, marca la pauta a seguir para la protección de lo que queda del patrimonio de Ceuta. Una protección amenazada por una multitud de prácticas ilegales destinadas a forzar el abandono de los vecinos, la degradación del edificio y la posterior declaración de ruina. “En cualquier circunstancia en los edificios residenciales catalogados se cumplirá el art.47 de la Constitución Española (Derecho a la Vivienda) y el derecho a la integridad física y moral de las personas defendido en el artículo 173 del Código Penal”, subraya el texto del Plan General. O lo que es lo mismo, el texto del PGOU provisional define como obligación de la Administración impedir cualquier forma de acoso físico, legal o institucional.

El Plan General destaca algunas de esas formas de presionar o coaccionar a inquilinos e incluso a la propia Administración. Así, en el capítulo de “Acoso físico o arquitectónico”, el texto aprobado el pasado mes de mayo pone como ejemplos el “abandono con mala fe del mantenimiento de la finca, realización de sabotajes y obras de empeoramiento, instalación de vecinos molestos o contratación de matones”.

Pero hay otras tácticas más sutiles, algunas incluso amparadas por la ley pero que persiguen el mismo objetivo. Es el acoso legal o institucional, también sobre ellas alerta el PGOU: “Esto es declaración de ruina técnica o económica del edificio, falsos plazos, ofertas económicas a la baja o requerimientos, subida desorbitada del alquiler, denuncia por impago, por realquiler o “Cesión consentida”, uso interesado de las normativas municipales, sobre, obras, licencias, etc… También, la estrategia de desgastes mediante el acoso burocrático para obstaculizar el funcionamiento de locales”.

Son algunas de las prácticas y estratagemas más habituales, y también más habituales de lo que pensamos. Vecinos ruidosos y especialmente molestos que de repente ocupan el piso al lado de la única vecina haciéndole la vida imposible; edificios sellados y tapiados que, misteriosamente, se han dejado alguna ventana abierta, agujeros y desperfectos en tejados y cubiertas, pensados para que la lluvia y las inclemencias del tiempo vayan minando el edificio hasta que la declaración de ruina sea inevitable, son algunos de los ejemplos que pone el arquitecto de la ciudad, Javier Arnáiz, especialmente sensible con la protección del patrimonio arquitectónico . “Si fuera por él habríamos protegido media ciudad”, ironiza el consejero de Fomento, Néstor García.

El nuevo Plan General también trata de poner un poco más difícil la demolición de la memoria arquitectónica de la Ciudad. Así, “en los edificios incluidos en el Catálogo con nivel ambiental deberán mantenerse aquellas partes o elementos de interés que deban ser conservados, y cuando ello no fuera posible deberán rescatarse los elementos decorativos (zócalos, recercados de huecos, cornisas, aleros, balaustradas, carpintería, cerrajería, etc.) para integrarlos al nuevo edificio, haciendo un inventario previo de los mismos y fotografías de detalles que deberán incorporarse al proyecto de sustitución”, destaca el texto del PGOU. “No podrán ser objeto de orden o licencia de demolición los edificios catalogados en los niveles integral y estructural de protección, salvo en caso de ruina inminente”, especifica la normativa, recordando que, en todo caso, la demolición sólo puede ser aprobada por la Ciudad y, así y todo, “se deberá señalar la obligación de mantener, en la nueva edificación que se levante en el mismo solar, los elementos que hubieran motivado aquella protección, salvo que se demuestre la imposibilidad, grave dificultad constructiva o coste desproporcionado que la conservación pueda suponer”.

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