A TRAVÉS DE EMVICESA

Publican las bases de la convocatoria de ayudas para rehabilitar lugares de culto

Publican las bases de la convocatoria de ayudas para rehabilitar lugares de culto
mezquita
Imagen de recurso.

El BOCCE de este viernes publica las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actuaciones de rehabilitación de lugares de culto de las confesiones religiosas de Ceuta que la Ciudad gestionará a través de Emvicesa como entidad colaboradora con un presupuesto global de 250.000 euros.

La finalidad de estas subvenciones es "fomentar la realización de actuaciones de mejora y conservación en edificaciones de lugares de culto existentes que forman parte del legado histórico, artístico y cultural de la ciudad cuya conservación y mejora resalten su interés histórico y artístico".

Podrán concurrir como solicitantes las Iglesias, confesiones, comunidades religiosas y federaciones cuyos lugares de culto estén inscritos en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia.

Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo de instancia aprobado al efecto y deberán presentarse en el Registro de Emvicesa durante 30 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOCCE, que se hará pública igualmente en la web de la sociedad municipal.

Las bases consideran cuatro tipos de actuaciones subvencionables:

  • La actuación en edificios de interés histórico-artístico que supongan una mejora estética del mismo (como la eliminación de elementos arquitectónicos no originales del inmueble, o la reposición de elementos originales).
  • De conservación: obras relativas al estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones y las relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías.
  • De restitución morfológica: aquellas que contemplen la recuperación de elementos arquitectónicos o decorativos origi-nales del edificio o la supresión de añadidos y modificaciones de menos interés, tratando de restituir la composición y diseño originales.
  • Para la mejora de la seguridad y accesibilidad: las que contemplen la instalación o renovación de ascensores, salvaes-caleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad; la instalación de elementos de información o de aviso o cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código de la Edificación DB-SUA, seguridad de utilización.

Los criterios de valoración de las actuaciones tendrán en cuenta el nivel de protección del edificio para el que se soliciten ayudas, la urgencia y el tipo de trabajo a ejecutar y los metros cuadrados de superficie útil de ocupación en planta.

De su aplicación resultará una prelación de solicitudes de mayor a menor puntuación y por dicho orden se determinará el importe de la subvención, pudiendo seleccionarse solamente aquellas proposiciones para las que la cantidad subvencionada garantice la realización de la actuación hasta el límite de la cuantía máxima destinada a esa convocatoria. El resto de proposiciones serán descartadas.

En todo caso, el límite máximo de subvención es "el 100% del presupuesto de la actuación o actuaciones subvencionables, considerando para dicho cálculo la compatibilidad de estas subvenciones con otras ayudas públicas".

Publican las bases de la convocatoria de ayudas para rehabilitar lugares de culto


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