RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

UGT y CCOO rechazan una RPT que consolide "gravísimas injusticias" entre el personal de la Ciudad

UGT y CCOO rechazan una RPT que consolide "gravísimas injusticias" entre el personal de la Ciudad
trabajadores asamblea patio
Imagen de recurso.

Un giro de 360º. Un "dislate". Setenta y un páginas para que parezca que todo cambia pero nada lo haga. Los sindicatos mayoritarios en la Ciudad Autónoma, UGT y CCOO, y otras fuentes que han analizado http://www.ceutaldia.com/media/ceutaldia/files/2018/03/03/Documentacion-RPT.pdf consideran que no merece tal nombre y que debería incluir "muchos" cambios para ser aprobada.

Hay compromisos históricos cuyo incumplimiento pesa como una losa. Esta semana, el Ejecutivo local del PP ha dado por encauzado el de construir una pista de atletismo de la mano de los militares y, tras más de 30 años co la gestión de personal en una situación cuando menos alegal, ha pegado un brusco acelerón presentando a los sindicatos una propuesta de RPT con la intención de pactarla en dos semanas, llevarla al Consejo de Gobierno y que entre en vigor el 1 de abril.

No parece que vaya a ser posible por las buenas. “UGT no va a apoyar esa propuesta de RPT y si el Ejecutivo la aprueba por su cuenta iremos al Juzgado convencidos de que la anulará”, ha dejado claro Antonio Gutiérrez, que considera que darle luz verde tal y como está conduciría a “consolidar gravísimas injusticias existentes en la Ciudad”. José Antonio López, de CCOO, comparte que hay “muchísimos matices y flecos por negociar y cambiar”.

“Incluye anormalidades como incluir un ayudante pintor en la RPT de Cultura, un guarda de depósito de vehículos en la de Museos, un oficial pintor de tráfico en la de la Residencia de Mayores y dos radiotelefonistas para Bomberos cuando deben cubrirse tres turnos”

La RPT, el "instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios, y se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto”, según la describe el Ministerio de Hacienda, debe recoger en Comunidades Autónomas y Ayuntamientos “la relación de los puestos de trabajo existentes en su organización” e “incluir en todo caso la denominación y características esenciales de los puestos” y “las retribuciones complementarias”.

Más digerido: “Una RPT debe reflejar la estructura que la Administración, en este caso la Ciudad Autónoma, considere necesaria, el objetivo hacia el que tender, para cumplir sus propósitos pero lo que ha hecho el Gobierno es reunir en un documento lo que existe actualmente en cada departamento y darle carta de naturaleza”.

La del Gobierno, según fuentes que han analizado el documento, no da la talla: el “dislate” de documento “incluye anormalidades como incluir un ayudante pintor en la RPT de Cultura, un guarda de depósito de vehículos en la de Museos, un oficial pintor de tráfico en la de la Residencia de Mayores, seis vigilantes cuidadores en la de Educación cuando existen cerca de veinte colegios y dos radiotelefonistas para Bomberos cuando deben cubrirse tres turnos”, ejemplifican.

Según CSIF, "la Administración lo único que ha hecho es aportar la situación actual previa a la creación de una Comisión de Valoración que es la que debe, según el Reglamento de Puestos que el mismo Gobierno aprobó en febrero de 2014, y luego dar un periodo de alegaciones a los trabajadores implicados, es decir, todos, no incurriendo así en una absoluta indefensión por parte de los mismos".

Complemento específico

También recoge el complemento específico que (al margen del de destino, retribuciones básicas y plus de residencia) percibe cada empleado. Ese concepto debe “retribuir las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, responsabilidad, peligrosidad o penosidad”. En la propuesta de la Consejería de Hacienda su cuantía oscila en un horquilla que va de cerca de 500 euros (la que se asigna a un conserje, ordenanza o subalterno) a más de 2.570 euros (asignados al jefe de Protocolo o a inspector de la UIR). Por encima de los 2.000 euros se sitúan también los complementos específicos de puestos clave de la Administración como los de interventor, tesorero o secretario general, así como el intendente y el superintendente de la Policía Local.

Los puestos de trabajo ocupados en superior categoría “generarán el puesto del que trae origen para el caso de que se provea por persona distinta o se deje sin efecto”

El Gobierno ha propuesto empezar la casa por el tejado: aprobar el documento primero y negociarlo después en esa retribución para cada puesto y, cuando los actuales ocupantes perciban más dinero, crear un complemento personal transitorio hasta el final de su vida activa para que ningún empleado pierda poder adquisitivo.

La RPT del Ejecutivo prevé igualmente el sistema de libre designación para la cobertura de casi treinta puestos de trabajo, entre ellos los de tesorero, interventor o secretario general de la Ciudad Autónoma pero también las jefaturas de Servicios, el superintendente de la Policía Local, los directores (de la Residencia de Mayores, del Equipo Técnico de Menores, etcétera), el jefe de Protocolo...

Además, establece que los puestos de trabajo ocupados en superior categoría “generarán el puesto del que trae origen para el caso de que se provea por persona distinta o se deje sin efecto” y que “los vacantes son los que conllevan las plazas actualmente con es consideración en la plantilla del Capítulo de Personal de los Presupuestos Generales de la Ciudad”.

En cada puesto se concreta si la prestación del servicio es con jornada partida o especial (40 horas semanales), si tiene dos o tres turnos de rotatividad, si exige disponibilidad, dedicación o nocturnidad y, en este último caso, por qué volumen (desde el tramo básico hasta más de sesenta horas).

También se detalla el grupo y nivel de sus titulares y la formación específica requerida para su desempeño. Por ejemplo, para ser director de Guardería o técnico de Gestión Educativa es necesario ser diplomado en Magisterio y para ser maquinista, contar con las preceptivas licencias y un curso de capacitación profesional. Básicamente este capítulo afecta al personal adscrito a cuestiones relacionadas por la Prevención de Riesgos Laborales (al que se exige ser técnico superior, intermedio o básico, según el caso), a los conductores y a los efectivos de la Policía Local y Bomberos con los permisos de conducir.

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