¿DESDE 2007 O DESDE 2013?

El auto final del 'caso Emvicesa' solo recoge una versión de Asuntos Sociales sobre la cuñada de Ali

El auto final del 'caso Emvicesa' solo recoge una versión de Asuntos Sociales sobre la cuñada de Ali
mohamed ali
Ali, durante una rueda de prensa.

La jueza afirma que en el expediente de adjudicación de vivienda remitido por Asuntos Sociales al Juzgado “todos los documentos aportados son de fecha posterior a la entrega” de la casa, cuyo contrato de adjudicación se firmó en noviembre de 2012, aunque la jefa de Servicios Sociales expidió al líder de Caballas un certificado que enumera intervenciones desde 2007.


Sobre tantos miles de folios no debe ser difícil dar una puntada en falso pero a quien le pincha le duele rápidamente. Para cerrar la instrucción del 'caso Emvicesa' y abrir a las partes el trámite de recusos de reforma o apelación (la Fiscalía podrá pedir apertura de juicio oral o archivo en 10 días), la magistrada que ha dirigido las diligencias mantiene en su auto de procedimiento abreviado contra Rabea Mohamed y Mohamed Ali una imputación de presunto delito de tráfico de influencias que no se extiende a la tercera investigada como ex miembro de la Comisión Local de la Vivienda.

La base del argumentario sobre el líder de Caballas, con una cuñada como beneficiaria de una casa en las 170 VPO de Loma Colmenar, ha causado estupor en el entorno del diputado autonómico, que no valorará la resolución judicial “hasta que se nos comunique el contenido del auto de procedimiento abreviado que hasta ahora solo conocemos a través de los medios”.

Primero, porque Asuntos Sociales facilite dos versiones diamentralmente opuestas sobre lo mismo. Segundo, porque la juez solo atienda a una de ellas. La magistrada alega que en el expediente de adjudicación de vivienda remitido por Asuntos Sociales al Juzgado “todos los documentos aportados son de fecha posterior a la entrega” de la casa, ya que “el contrato donde se le atribuye la condición de adjudicatario se firmó el 5 de noviembre de 2012”.

"Los documentos que conforman su expediente personal son la mayoría de 2016 (incluida la declaración de minusvalía), el más antiguo de 2013, por lo que han sido, para sorpresa de esta juzgadora, aportados después de obtener la condición de adjudicataria” añade sobre la información facilitada por un departamento que para Ali certificó cosas totalmente distintas.

Lucini no hace ninguna referencia, sin embargo, al informe de la jefa de Servicios Sociales aportado por el de Caballas para atender la exigencia judicial de información sobre su cuñada. En ese documento, radicalmente incoherente con el expediente al que se refiere la magistrada, sí constan atenciones a esa allegada desde 2007, cuando se dirigió por primera vez a la UTS de Hadu pidiendo información sobre prestaciones y posibles ayudas.

La mujer repitió ese tipo de consultas en 2008 y 2009. En 2012, residiendo ya en Loma Colmenar, fue derivada a la UTS del Príncipe y en 2013 tuvo acceso a una bolsa de alimentos y al IMIS, que perdió al empezar a trabajar en el Plan de Empleo. Posteriormente también ha solicitado ayudas para la compra de electrodomésticos, muebles o el pago de suministros básicos y ha recibido alguna ayuda para la adquisición de vestuario o alimentación de urgente necesidad.

De 2009 data otro informe social en el que se describe que su núcleo familiar-convivencial en la casa de sus progenitores en Francisco de Rivalta estaba compuesto (justo después de que dos hermanos se fuesen a Barcelona) por la usuaria, dos hijos (la niña mayor con problemas de corazón que requirieron de operación en Málaga), sus padres y dos hermanas. Según indicó la técnico en su dictamen, la beneficiaria de la de las 170 VPO dormía con sus niñas en el salón y refería problemas puntuales de convivencia “al ser tantos conviviendo en el mismo domicilio”. La prestación de “urgente necesidad” que pedía se le denegó.

El auto final del 'caso Emvicesa' solo recoge una versión de Asuntos Sociales sobre la cuñada de Ali


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