Cultura insta a los creadores a inscribir sus obras en el Registro de la Propiedad Intelectual local

Cultura insta a los creadores a inscribir sus obras en el Registro de la Propiedad Intelectual local
La consejera de Cultura, Mabel Deu.

- Las obras, actuaciones y producciones registradas por menos de 14 euros en la ciudad autónoma tienen efectos en todo el país

- Más información, en la oficina ubicada en el Complejo del Revellín, en el teléfono 856 205 053 o a través de la dirección de correo electrónico [email protected]


La Consejería de Educación, Cultura y Mujer ha recordado este miércoles con motivo del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, que se celebra mañana en torno al tema 'Innovadores visionarios', que en Ceuta existe el Registro de la Propiedad Intelectual, un medio de protección de los derechos de los autores y titulares sobre sus obras, actuaciones y producciones, y que las inscripciones en él practicadas, que constituyen pruebas cualificadas de la existencia de los derechos inscritos, tienen efectos en todo el país.

La jornada, como viene ocurriendo cada 26 de abril desde 1970, cuando la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) marcó ese día para la celebración, ofrece una oportunidad para señalar, discutir y demostrar "cómo el sistema de propiedad intelectual favorece el florecimiento de la música y las artes y fomenta la innovación tecnológica que contribuye a mejorar el mundo".

El tema de este año, 'Innovadores visionarios', con el que se resalta la labor de todos aquellos que con su ingenio y capacidad artística han roto moldes, abierto nuevos horizontes e imprimido una huella duradera, refleja de manera fiel los objetivos de la jornada, que son, por un lado, promover una toma de conciencia acerca de la importancia de la propiedad intelectual como instrumento de desarrollo económico, social y cultural y, por otro, celebrar la innovación, la creatividad y el impulso que les proporciona la propiedad intelectual.

Si bien no es obligatoria la inscripción en el Registro para adquirir los derechos de propiedad intelectual ni para obtener la protección que la Ley otorga a los autores y a los restantes titulares de derechos de propiedad intelectual, sirve como prueba de autoría, así como de los derechos de explotación que el autor se reserva o cede en favor de terceros. Es, por tanto, un medio para proteger los derechos de los autores, y resulta de especial utilidad cuando la obra aún es joven y, por inédita o poco difundida, existe un mayor riesgo de que sea plagiada o divulgada por terceras partes antes de que el creador lo haga.

Pueden solicitar la inscripción los autores y demás titulares originarios de derechos de propiedad intelectual con respecto a la propia obra, actuación o producción, así como los sucesivos titulares que adquieran los derechos de los originarios por transmisión inter vivos o mortis causa. Los efectos de la inscripción son efectivos desde la fecha de recepción de la solicitud en el Registro.

El Registro en la ciudad

El Registro de Propiedad Intelectual en Ceuta está en las dependencias de la Consejería de Educación, Cultura y Mujer ubicadas en el complejo del Revellín. Para realizar la inscripción, la persona interesada, además de aportar una copia de la obra y fotocopia del DNI, debe cumplimentar dos impresos (uno con los datos de la obra y otro con los del autor o autores) y abonar la tasa por el servicio a favor del Tesoro Público (el impreso oficial es el mod. 900; la tramitación previa del expediente de solicitud, anotación previa y otros implica el pago de 12,68 euros y la diligencia de autentificación de firma, 1,23)

Para más información, los interesados pueden dirigirse físicamente a la oficina ubicada en el Complejo del Revellín, llamar al 856 205 053 o escribir a la dirección de correo electrónico [email protected].

La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente, como las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y los modelos utilizados en el comercio, y se divide en dos categorías.

Por un lado, la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de procedencia; por otro, el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte (dibujos, pinturas, fotografías y esculturas) y los diseños arquitectónicos.

Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.

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