BONO ALQUILER JOVEN

Ayudas a la emancipación: 250 euros al mes para los menores de 35 años para el acceso a la vivienda

Ayudas a la emancipación: 250 euros al mes para los menores de 35 años para el acceso a la vivienda
Dos estudiantes universitarias
Dos estudiantes universitarias

Se pretende impulsar el acceso de la población joven a la vivienda en alquiler así como contribuir al reto demográfico


El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta publica este jueves en una edición extraordinaria las Bases Reguladoras Específicas para la concesión directa del Bono Alquiler Joven en la Ciudad Autónoma de Ceuta al amparo del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

El plazo para solicitarlo se iniciará a las 9.00 horas del día siguiente al de la publicación de la convocatoria que se efectúe en el BOCCE, permaneciendo abierto, con carácter continuado y permanente, hasta que se agote el crédito presupuestario habilitado para este fin.

La solicitud y la documentación anexa, que puede consultarse en las bases, se formalizarán por los interesados mediante formulario cumplimentado que estará disponible en la Sede Electrónica de la Ciudad. No se admitirán las solicitudes cumplimentadas de otra forma. Solo podrá presentarse una solicitud por persona interesada.

El Bono Alquiler Joven se diseña como una ayuda de 250 euros mensuales para las personas jóvenes que no superen los 35 años de edad con objeto de facilitar su emancipación. Se trata de una ayuda total de 6000 euros repartida en 24 mensualidades con la que se pretende facilitar la emancipación de este colectivo, así como contribuir a evitar o, cuanto menos, ralentizar el reto demográfico.

La Ciudad Autónoma de Ceuta contará con la cantidad de 200.000,00 euros con cargo a la partida del Bono Alquiler Joven. Asimismo, según el acuerdo del pasado mes de julio adoptado en el seno de la Comisión de seguimiento del Ministerio de Transportes, movilidad y Agenda urbana y Ciudad Autónoma de Ceuta, la suma de las rentas anuales de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión serán rentas iguales o inferiores a 4 veces el IPREM cuando convivan dos jóvenes y rentas iguales o inferiores a 5 veces el IPREM cuando convivan tres o más jóvenes. Considerando, además, que la renta individual anual de cada una de las personas que integran la unidad de convivencia será, en todo caso, igual o inferior a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Este incremento del límite de renta anual no será de aplicación para el supuesto de alquiler o cesión de uso de habitación al que resultará de aplicación el límite establecido con carácter general. Además, en el caso de Ceuta, se acuerda incrementar la renta arrendaticia o precio de cesión de viviendas a  los 900 €/mes o 450 €/mes. En caso de cesión de habituación.

Corresponde a los órganos competentes de las comunidades y ciudades autónomas la ordenación, instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de concesión de las ayudas del Bono Alquiler Joven, así como la gestión de su abono una vez se haya reconocido por dichas administraciones el derecho de las personas beneficiarias a obtenerlo dentro de las condiciones y límites establecidos en el citado Real Decreto. A estos efectos, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferirá a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla los fondos para atender a la ayuda del Bono Alquiler Joven con las dotaciones que se consignen en los Presupuestos Generales del Estado de cada año.

El acceso al empleo y a la vivienda, los pilares básicos para la construcción de proyectos vitales, resulta especialmente complicado para los jóvenes, y con mayor énfasis después de la crisis económica y social causada por la pandemia. Independizarse de los padres en unas circunstancias de trabajo escaso y alquileres desorbitados no es una cuestión de voluntad o valentía, sino práctica- mente un milagro. La tasa de emancipación juvenil, relativa al porcentaje de personas de 16 a 29 años que residen en un hogar diferente al de su origen, cerró el año 2020 en un 15,8%, el peor dato desde 1999. La edad media para salir del hogar familiar en España se sitúa en 29,5 años, sexto país por la cola en Europa.

Según el Consejo de la Juventud, los datos reflejan que la precariedad socioeconómica de la juventud española sigue hundiéndose, con o sin Covid. La creación de empleo en el segundo semestre del 2020 no se notó entre los jóvenes, un colectivo que cerró el pasado año con contrato temporal y el 26,1% trabaja con contratos parciales. El salario medio bruto es de 970 euros al mes; uno de cada tres jóvenes españoles es pobre y solo el 3% dispone del ingreso mínimo vital. Y 120.000 personas han dejado de buscar trabajo, no porque no quieran trabajar sino porque no ven expectativas. Representa el 3,6% de la población joven inactiva, un porcentaje que en el último año se ha duplicado. La mala calidad del empleo y los bajos salarios provocan que una persona joven tenga que destinar el 91% de su salario al alquiler de una vivienda si desea vivir en solitario, mientras que, si decide compartir una vivienda, dedica aproximadamente el 30% de sus ingresos. En este contexto de precariedad existen razones de interés público que obligan a las administraciones públicas a la adopción de medidas, con carácter inmediato, que contribuyan a revertir esta situación.

Ayudas a la emancipación: 250 euros al mes para los menores de 35 años para el acceso a la vivienda


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