CCOO recomienda no reclamar ahora el abono de una parte de la paga extra de Navidad


CCOO recomienda no reclamar ahora el abono de una parte de la paga extra de Navidad

- La Federación de Servicios a la Ciudadanía advierte a los empleados públicos de que, si formulan esa petición y prospera se exponen a "la imposición de costas procesales, especialmente en las reclamaciones en vía contenciosa"

- "Debemos de pedir cautela a todos los afectados por las medidas, para que no se lancen a realizar recursos individuales, que una vez iniciados puedan perjudicar las acciones jurídicas que emprenderemos", alerta

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO-Ceuta ha hecho público este jueves un informe jurídico en el que se recomienda a los empleados públicos no reclamar el abono de una parte de la paga extra de Navidad a la Administración, como están instando a hacer otros sindicatos en la Ciudad Autónoma.

Este informe acredita que los formularios de reclamación comunes para todo el personal afectado que se están repartiendo son "inútiles" porque, entre otras razones, "la fórmula de devengo de las pagas extraordinarias establecida en los Acuerdos, Convenios o legislación de aplicación en cada caso concreto no siempre es la misma".

"En todo caso, la formalización de escritos de reclamación/recurso, individual o colectivo, deberá posponerse al momento en que se materialice el acto administrativo o de gestión correspondiente, a través de la nómina con independencia de las acciones individuales o colectivas de carácter reivindicativo que se emprendan o la presentación de escritos de mera solicitud, sin ningún efecto jurídico, de que se aplique, en su caso, el cálculo correcto de las cantidades", ha alertado Comisiones.

Según el dictamen comisionista, "la promoción y continuidad de las reclamaciones, podría conducir a la obtención de sentencias contrarias o el abandono de la acción en alguna de sus fases por las personas interesadas, con importantes efectos: 1) la imposición de costas procesales, especialmente en las reclamaciones en vía contenciosa; o 2) la consideración de cosa juzgada o acto consentido sobre la reclamación planteada, con consecuencias negativas para las personas promotoras de las reclamaciones".

Para CCOO, "sólo es posible recurrir, con efectos positivos de revisten de la cuestión planteada, los actos administrativos o de gestión dictados en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto". "Por tanto", advierte, solamente hasta la percepción efectiva en nómina de la reducción operada, no procede la formalización de reclamación, individual o colectiva, alguna".

"Ante las reformas procesales de los últimos años, CCOO informa de la generalización de la imposición de costas a las personas demandantes, especialmente en el ámbito contencioso, por lo que, al menos CCOO, garantiza la interposición, en tiempo y forma, de reclamaciones colectivas, que protejan los derechos del empleo público, una vez aplicado lo dispuesto en los arts. 2 y 3 del Real Decreto Ley 20/2012 Y conocido de forma cierta el cálculo de las cantidades devengadas y no abonadas".

Por todo ello, FSC-CCOO ha querido dejar claro que "estamos de acuerdo con las acciones reivindicativas que se utilicen para mostrar el malestar de los empleados públicos respecto al RDL 20/2012, pero debemos de pedir cautela a todos los afectados por las medidas, para que no se lancen a realizar recursos individuales, que una vez iniciados puedan perjudicar las acciones jurídicas, que las organizaciones sindicales emprenderemos dentro de la plataforma sindical conjunta que se ha creado".

- Consulte, íntegra, la recomendación de CCOO

Lea también:

- Animan a los funcionarios de la Ciudad a exigir a Vivas el abono de parte de la extra de Navidad

CCOO recomienda no reclamar ahora el abono de una parte de la paga extra de Navidad


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad