La CECE recuerda a sus asociados los nuevos tipos de retenciones fiscales a aplicar

La CECE recuerda a sus asociados los nuevos tipos de retenciones fiscales a aplicar

- El pasado 12 de julio se publicó en el BOE, el Real Decreto-ley 9/2015 de medidas urgentes para reducir la carga tributaria por los contribuyentes del IRPF y otras medidas de carácter económico

- Hay novedades para las facturas de profesionales independientes, las nóminas de empleados o el alquiler del local comercial u oficina


La Confederación de Empresarios de Ceuta (CECE) ha remitido este lunes una circular a todos sus asociados dando cuenta de los nuevos tipos de retenciones fiscales a aplicar tras la publicación, el pasado 12 de julio en el BOE, del Real Decreto-ley 9/2015 de medidas urgentes para reducir la carga tributaria por los contribuyentes del IRPF y otras medidas de carácter económico.

En su nota informativa, la patronal ceutí recuerda que con estas medidas se modifican de nuevo los tipos de retención aplicables a los pagos realizados que estén sujetos a retención en el IRPF, ya sean facturas de profesionales independientes, las nóminas de sus empleados o el alquiler del local comercial u oficina afecto a su negocio.

No entran en estas modificaciones las retenciones de las retribuciones de los administradores que se mantienen al 37%.

La CECE recuerda a sus asociados los nuevos tipos de retenciones fiscales a aplicar


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