La Ciudad deberá presentar equilibrio presupuestario cuando se desarrolle la reforma constitucional


La Ciudad deberá presentar equilibrio presupuestario cuando se desarrolle la reforma constitucional

- Las Cortes deberán aprobar antes del 30 de junio una Ley Orgánica que fije un déficit estructural máximo del 0,4% para el conjunto del sector público a partir de 2020

- Las limitaciones podrán excederse, si lo avala el Congreso, en caso de catástrofes naturales, recesión económica o "emergencia extraordinaria"

La Ciudad Autónoma estará obligada a presentar equilibrio presupuestario en sus cuentas cuando se desarrolle, vía Ley Orgánica que deberá aprobarse antes del 30 de junio, la reforma constitucional que PSOE y PP han pactado durante la madrugada de este viernes tramitar por la vía de urgencia y, salvo sorpresa, sin referéndum para refrendarla.

Según explican las agencias y los medios de información nacionales, socialistas y Populares han acordado dejar fuera del texto de la Carta Magna un techo numérico concreto al déficit en el que podrá incurrir el sector público. Si no se producen cambios de última hora, el nuevo artículo 135 de la Constitución rezará que "todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria" y dictaminará que "las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario".

En relación con la deuda, se establecerá que "los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta" y que "el volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea".

La futura Ley Orgánica de desarrollo del nuevo articulado constitucional fijará un déficit estructural máximo del 0,4% para el conjunto de las Administraciones públicas a partir de 2010. El déficit no superará el 0,26% del PIB en el caso de la Administración del Estado ni el 0,14% en cada comunidad autónoma.

Los déficits estructural y la deuda podrán ser objeto de revisión en 2015 y en 2018 a iniciativa de cualquiera de las partes que suscriben el acuerdo, para atender las circunstancias de la evolución de la economía, según el texto pactado, que también contempla flexibilidad “en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado” si lo avala la mayoría de la Cámara Baja.

El consejero de Hacienda del Gobierno ceutí, Francisco Márquez, ha asegurado esta semana que la reforma no trastocará sus planes de diseño del Presupuesto de la Ciudad para 2012, que según ha recordado ya están sometidos a lo previsto en el Real Decreto 8/2010.

- El nuevo artículo 135 de la Constitución 

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