La Ciudad podrá hincar el diente a las devoluciones de la Renta de sus morosos para saldar deudas


La Ciudad podrá hincar el diente a las devoluciones de la Renta de sus morosos para saldar deudas

- La recaudación ejecutiva por esta vía no podrá ser inferior a los 60 euros en el caso de los recursos de naturaleza tributaria y a los 1.500 euros en el resto

- La adhesión de la Administración local al convenio que mantiene la FEMP y Hacienda "facilitará y agilizará" el cobro de multas y otros pagos pendientes

El Consejo de Gobierno ha acordado en su reunión semanal ordinaria de este viernes adherirse a un convenio suscrito entre la Agencia Tributaria y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) por el que la Ciudad Autónoma podrá cobrar las deudas de personas físicas y jurídicas a través de las liquidaciones con la Administración Tributaria de operaciones como la declaración de la Renta.

De este modo, por ejemplo, un ciudadano que le deba a la Ciudad Autónoma el pago de multas de tráfico y que tenga un balance positivo en la declaración del IRPF, se le podrá descontar del dinero de la devolución a la que tiene derecho el importe de esa deuda, según ha explicado el portavoz del Gobierno, Guillermo Martínez, en declaraciones a los medios.

La única limitación para poder utilizar este sistema de recaudación en vía ejecutiva de los llamados ingresos de derecho público radica en el importe. En el caso de los recursos de naturaleza tributaria el límite está en 60 euros (no se podrán remitir aquellas cuyo principal no alcance esa cuantía), mientras que para los no tributarios se fija la cifra mínima en 1.500 euros. La recaudación se hará en función de lo establecido en la normativa vigente, además en las cláusulas del propio convenio suscrito entre la Agencia Tributaria y la FEMP.

A través de la adhesión a este acuerdo, la Ciudad podrá recaudar las cantidades que se le adeudan por procedimientos sancionadores firmes, que en algunos casos son de difícil cobro, bien por la negativa del ciudadano, bien porque la Administración no tiene la posibilidad de contactar con el deudor por un cambio de domicilio no notificado o por cualquier otra circunstancia.

La adhesión a este convenio entre la Agencia Tributaria y la FEMP, acordada por el Consejo de Gobierno, facilitará y agilizará, en su caso, el cobro de las deudas que los ciudadanos o cualquier entidad jurídica tienen contraídas con la Ciudad Autónoma.

Los pormenores del acuerdo entre la FEMP y la Agencia Tributaria y sus líneas de aplicación quedan recogidos en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 19 de mayo de 2011.

La Ciudad podrá hincar el diente a las devoluciones de la Renta de sus morosos para saldar deudas


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