SENTENCIA FIRME

La Justicia libra a un matrimonio ceutí de pagar una deuda de 74.000 euros

La Justicia libra a un matrimonio ceutí de pagar una deuda de 74.000 euros
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción / Archivo
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción / Archivo

La pareja, que entró en situación de insolvencia tras pedir un crédito para celebrar su boda, no pudo hacer frente al pago por culpa de un accidente laboral que imposibilitó al hombre trabajar "durante un largo tiempo"


El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de nuestra ciudad ha fallado esta semana a favor de un matrimonio ceutí que había incurrido en una deuda de nada menos que 74.000 euros a la que el padre de familia no pudo hacer frente tras sufrir un accidente de trabajo.

La Justicia ha aplicado al caso el llamado 'Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho', un recurso contemplado en la legislación española y que ofrece a un deudor la posibilidad de que se declare extinguida su deuda o parte de ella.

Cabe mencionar que la medida no se aplica porque sí: para poder optar a una condonación (sea esta total o parcial) la persona que debe dinero ha de reunir una serie de requisitos concretos; también ha de hacer lo propio la deuda que se haya contraído.

Según se detalla en la sentencia, el matrimonio en cuestión entró en "estado de insolvencia" a raíz de "una solicitud de financiación para celebrar sus nupcias". Con los años, la unión dio paso a una "familia numerosa". Por desgracia, "el deudor tuvo un accidente laboral que le imposibilitó trabajar durante un largo tiempo", motivo por el que "su poder adquisitivo y su capacidad de devolución disminuyeron drásticamente".

Dado lo delicado de la tesitura, el hombre y su esposa "no tuvieron más remedio que relegar el pago de los créditos por detrás de los gastos ordinarios y recurrentes de cada mes". Gracias a la llamada 'Ley de Segunda Oportunidad', la pareja ha podido, finalmente, librarse de un pago que habría trastocado por completo su ya de por sí maltrecha economía familiar.

La Justicia libra a un matrimonio ceutí de pagar una deuda de 74.000 euros


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