Movistar no acepta que los clientes de Ceuta aleguen no haber salido de la ciudad autónoma para reclamar el pago de factuaciones de 'roaming' al haber recibido llamadas o datos en la ciudad autónoma con la 'intrusión' de operadores del país vecino, incidentes que han generado sorpreas en forma de recibos con cifras superiores en cientos de euros a lo permitido en residentes en zonas como San Antonio, pero también a quienes frecuentan el Monte Hacho o los tramos de García Aldave más cercanos al perímetro.
Si no quiere tener ser sustos, sea precavido, responde la compañía a los clientes que han reclamado alegando no haber abandonado la ciudad.
"Le recomendamos que siempre que utilice el servicio compruebe en la pantalla de su móvil que esté conectado a la red MoviStar y configurado el modo de selección de red de forma manual para evitar que se conecte a otros operadores no deseados", receta la empresa en su respuesta a una reclamación reciente que remata con un "sentimos comunicarle que los cargos impugnados son correctos y no procede reintegro alguno de los mismos".
El Gobierno central respondió en enero a los ex diputados por Ceuta y Melilla, Juan Bravo y Carmen Dueñas, que la entrada de coberturas telefónicas del país vecino "tiende a minimizarse", pero que es "imposible" realizar una planificación que evite del todo "que en alguna zona se reciba mejor la señal del país fronterizo".
Los parlamentarios habían preguntado si "es ajustado a derecho que se aplique a los ciudadanos residentes en las ciudades autónomas de Melilla o Ceuta el cargo de 'roaming' internacional o itinerancia, estando dentro del territorio nacional, y con servicios, servidores y productos españoles". "Entre los operadores de los países se realiza una coordinación para evitar interferencias y cada vez tiende a minimizarse más ese efecto", aseveró el Ejecutivo de Rajoy.
En los países de la UE ya no existe este problema desde 2017 para desplazamientos ocasionales: las normas comunitarias permiten utilizar los dispositivos en el extranjero, en cualquier país de la UE sin pagar recargos adicionales por los servicios de roaming. Estas normas se aplican a las llamadas a teléfonos móviles y fijos, al envío de mensajes de texto (SMS) y a la utilización de servicios de datos en el extranjero. También se aplican a la hora de recibir llamadas o mensajes de texto en itinerancia, aun cuando la persona a la que se llame utilice otro proveedor de servicios.
La mayoría de los teléfonos disponen de una opción para blindar el acceso exclusivamente a la compañía predeterminada con la que están contratados los servicios, evitando posibles sobrecostes salvo autorización expresa para conectarse con otra empresa. También se puede pedir a las operadoras que no permitan la generación de ningún coste por ese tipo de conceptos.