El número de empleadas de hogar de alta en la Seguridad Social en Ceuta se ha duplicado en 18 meses


El número de empleadas de hogar de alta en la Seguridad Social en Ceuta se ha duplicado en 18 meses

- De las 624 que había registradas en junio de 2012 se ha pasado a 1.215 graciasl cambio de normativa en el Régimen específico

- Las autorizaciones iniciales se otorgan por un plazo de un año y las prórrogas, por dos

- Sólo pueden ser contar con otro empleador aquellas trabajadoras que sean contratadas por 20 horas

El número de personas que trabajan en el servicio domestico en Ceuta y están dadas de alta en la Seguridad Social ha pasado de 624, en junio del año pasado, a 1.215. Ello ha sido, según la Delegación del Gobierno, "como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo Régimen de empleados de hogar en nuestra ciudad. "Este incremento se debe a que desde la entrada en vigor de la citada normativa es obligatorio para todos los empleadores cotizar a la Seguridad Social por las empleadas de hogar que trabajen en los domicilios, independientemente del número de horas que realicen", ha ampliado la institución de la Plaza de los Reyes en un comunicado a los medios.

En Ceuta "este incremento es debido a la flexibilidad en la contratación de personal transfronterizo, que obtiene las autorizaciones para trabajar a través de la Oficina Única de Extranjería".

Las autorizaciones iniciales se otorgan por un plazo de un año a instancias de un solo empleador y conforme al modelo EX-12, formulario al que hay que adjuntar una fotografía reciente, una fotocopia (y el original) del pasaporte y un certificado médico, así como otro del Servicio Público de Empleo sobre la gestión de la oferta de empleo (si es positivo, el empleador debe presentar justificación de las circunstancias que no permiten la contratación en el mercado nacional de empleo).

También es necesario un certificado de antecedentes penales y otro de residencia en zona limítrofe (originales, traducidos y legalizados) del empleado, así como el NIF del empleador, original y copia del contrato de trabajo (mínimo 20 horas semanales, máximo 40), copia de la última declaración del IRPF y abonar 190,12 euros en tasas.

Sólo pueden ser contratadas por otro empleador aquellas trabajadoras que sean contratadas por 20 horas. Los contratos que hayan sido realizados por periodo superior no admitirán una nueva contratación ya que estos serían por un horario inferior.

Las prórrogas, que se conceden por dos años, se autorizan cuando continúa la misma relación laboral y subsisten las circunstancias que motivaron su concesión con cada uno de los empleadores para las que hayan sido concedidas.

En este caso sólo hay que aportar fotocopia del pasaporte y de la tarjeta anterior, certificado de residencia en provincia de Marruecos limítrofe con España y copia del contrato de trabajo. Las tasas ascienden a 76,05 euros.

El número de empleadas de hogar de alta en la Seguridad Social en Ceuta se ha duplicado en 18 meses


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad