Los maestros de baja que atiendan a alumnos con necesidades especiales serán sustituidos en 5 días


Los maestros de baja que atiendan a alumnos con necesidades especiales serán sustituidos en 5 días

- La Administración busca minimizar las consecuencias para el alumnado de la política de prolongar los reemplazos por incapacidades temporales implementada en 2010

- En los institutos ya se ha extendido a todos los profesores que den alguna clase de Bachillerato la sustitución sin esperar a que pasen dos semanas enteras

El Ministerio de Educación va a aplicar la interpretación más favorable posible para los intereses del alumnado de la ciudad autónoma de las cuatro excepciones introducidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de este año sobre la norma general que, desde hace cuatro años, establece que “en los centros docentes públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento”.

A partir de esta semana, la Administración agilizará los trámites todo lo posible para que aquellos maestros que atienden a niños con necesidades educativas especiales (la práctica totalidad) en los colegios de la ciudad sean reemplazados, en caso de baja, en el plazo de no más de cinco días. El 14 de marzo, el Grupo de Trabajo que integran el Ministerio y las centrales más representativas tratarán este tema al máximo nivel.

Los sindicatos han venido denunciando desde 2012 que las restricciones a la sustitución de docentes hasta que pasan diez días de baja causan “graves perjuicios” a los centros en general y a los estudiantes en particular, sobre todo en los institutos, porque profesores cuya especialidad no tiene nada que ver con la del ausente se ven obligados a dar o atender a los alumnos rompiendo las dinámicas de aprendizaje.

Las excepciones introducidas contemplan que podrá procederse “inmediatamente” al nombramiento de interinos “cuando el profesor sustituido preste atención a alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo”; si presta “servicios en centros docentes que tengan implantadas menos de dos líneas educativas”; en caso de que “imparta docencia en segundo curso de Bachillerato”; o “cuando la causa de la sustitución sea la situación de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple”.

La tercera excepción ya ha sido interpretada también del modo más favorable para los estudiantes en Ceuta y la sustitución de los profesores en incapacidad temporal se agiliza al máximo siempre que dé alguna clase de Bachillerato, no necesariamente todas o la mayoría de las de su jornada laboral.

Los maestros de baja que atiendan a alumnos con necesidades especiales serán sustituidos en 5 días


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