La Ciudad vulneró el derecho a la huelga de los trabajadores de la desaladora


La Ciudad vulneró el derecho a la huelga de los trabajadores de la desaladora

-La Consejería de Medio Ambiente dictó una resolución en la que fijaba los servicios mínimos para la jornada de huelga prevista para el 1 de diciembre de 2009

-Los servicios fijados eran los que correspondían a la totlaidad de la plantilla de la desaladora. CCOO, sindicato convocante, lo llevó a los tribunales

 

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ceuta, ha dictado sentencia, de fecha 12 de abril, por la que declara nula la resolución de la Consejería de Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por la que se establecían servicios mínimos en la desaladora con motivo de la huelga convocada por CCOO de Ceuta, para el día 1 de diciembre de 2009.

 

Los servicios fijados por la Consejería de Medio Ambiente eran los que correspondían a la totalidad de la plantilla ordinaria, lo cual impedía el ejercicio del derecho de huelga a estos trabajadores. Además, el decreto de servicios mínimos había sido dictado sin audiencia ni negociación con el comité de huelga. Tampoco había motivación en la resolución para justificar la restricción del derecho de huelga, según informa CCOO en nota de prensa.

 

La sentencia declara que la motivación es requisito imprescindible para poder analizar la proporcionalidad en la restricción del derecho fundamental de huelga y que recae en la autoridad gubernativa el deber de explicar las razones que, a su juicio, legitiman la decisión de mantener el funcionamiento de un servicio esencial para la comunidad.

 

Para el juez, la consideración de un servicio como esencial no puede suponer la supresión del derecho de huelga a los trabajadores que hubieran de prestarlo, sino la necesidad de garantizar una cobertura mínima de tales servicios, sin que ello exija alcanzar el nivel de rendimiento habitual ni asegurar su funcionamiento normal.

 

En el acto de juicio quedó acreditado que no es necesaria la totalidad de la plantilla para el funcionamiento de la desaladora durante los fines de semana y festivos, por lo que la resolución del gobierno local, carecía de la motivación exigida por la doctrina constitucional par la limitación del derecho fundamental de huelga, razón por la cual debía ser anulada.

 

Esta sentencia para CCOO demuestra que desde el gobierno de la Ciudad y más concretamente desde la COnsejerís de Medio Ambiente se "atropelló el derecho a la huelga de los trabajadores, impidiendo su libre ejercicio y abusando de su posición de poder para dictar una resolución, a sabiendas de que era injusta".

"No es la primera vez que este gobierno intenta impedir, por medios que ellos llaman “legales” el libre ejercicio de derechos fundamentales, ya que recientemente anunciaron su intención de impedir el derecho de manifestación de los desempleados, amenazando con adoptar medidas “legales” para poner fin a la campaña de manifestaciones diarias".

"Esta actuación es un claro exponente del desprecio que demuestra el gobierno de Vivas por los derechos de los trabajadores y trabajadoras de esta ciudad", concluye la nota de prensa del sindicato.

La Ciudad vulneró el derecho a la huelga de los trabajadores de la desaladora


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