El concepto de frontera "caprichosa" del Ministerio del Interior no es "legal", según 16 juristas


El concepto de frontera "caprichosa" del Ministerio del Interior no es "legal", según 16 juristas

- Los expertos creen que la ejecución de 'expulsiones en caliente' podría incurrir en responsabilidad penal por, entre otros, delitos de "prevaricación" y de "coacciones"

- Lea, íntegro, el informe elaborado por los juristas del proyecto 'I+D+i IUSMIGRANTE'

Los catedráticos y profesores de Derecho Penal, Internacional, Constitucional, Administrativo y Ética que conforman el proyecto 'I+D+i IUSMIGRANTE' han llegado a la conclusión de que "la decisión, ejecución, y colaboración activa y pasiva con las 'expulsiones en caliente" a Marruecos de inmigrantes que saltan las vallas de Ceuta y Melilla o acceden a sus playas a nado puede incurrir en responsabilidad penal por, entre otros, delitos de "prevaricación" y de "coacciones".

Los juristas advierten de que "no existe la posibilidad de proceder a una modificación legislativa para dar cobertura legal" a estas prácticas porque "vulneran la Constitución española, la normativa de la Unión Europea y el derecho internacional de los derechos humanos, especialmente las referidas al ejercicio del derecho de asilo y protección jurídica internacional, la prohibición de expulsiones colectivas y el principio de no devolución".

Así lo subrayan en un informe que presentarán este viernes en el Salón de Grados de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid y que analiza la práctica por la que las fuerzas de seguridad, alegando un "concepto operativo", entregan sobre la marcha a Marruecos a los migrantes interceptados en las vallas y las playas de Ceuta y Melilla.

El trabajo analiza la legislación española de extranjería y sentencia que entregar a los migrantes según llegan sin siquiera identificarlos es "jurídicamente inadmisible" y no tiene amparo ni desde ese supuesto concepto de operatividad, ni en aplicación de la figura legal de 'rechazo en frontera' ni bajo el amparo del convenio de readmisión suscrito entre España y Marruecos.

No sólo sería ilegal, sino que "son distintos los tipos penales en que podrían subsumirse estas conductas, como son, entre otros, el delito de coacciones (art. 172 CP); los delitos de funcionarios públicos de privación de asistencia letrada (art. 537 CP), de privación del ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes (art. 540 CP), o de prevaricación (art. 404 CP)", dicen los expertos.

De esta responsabilidad penal no quedarían eximidos los guardias civiles porque, según los juristas, respecto de estos delitos "no puedan operar las circunstancias excluyentes de la responsabilidad referidas a la obediencia debida, ejercicio legítimo del cargo o el desconocimiento de la ilicitud del hecho".

El dictamen consta de 21 páginas en las que se repasa esta práctica que según las organizaciones locales lleva vigente doce años y que no se ha reconocido oficialmente hasta que el pasado 6 de febrero, en la playa ceutí dell Tarajal, un grupo de agentes de la Guardia Civil fue grabado devolviendo en fila a Marruecos a un grupo de 23 migrantes que habían alcanzado la playa, en un intento de entrada que costó la vida a 15 personas.

 

"No hay cobertura legal a un concepto de frontera caprichosa"

Los juristas dicen que "no existe ningún tipo de norma jurídica que ortorgue cobertura legal a un concepto de frontera que pueda ser determinado de forma caprichosa" y aseguran que "no es jurídicamente defendible la tesis de que el Gobierno pueda modificar a su libre albedrío, mediante decisión 'libre y soberana', los límites del territorio nacional". "Carece de cualquier cobertura legal la ficción en que se basa este concepto operativo de frontera", aseguran.

Además, insisten en que son funcionarios públicos españoles quienes entregan los inmigrantes a Marruecos y sus actuaciones "quedan sometidas al estricto cumplimiento de la Constitución", más allá de si la valla es o no territorio nacional. Es más, aunque los migrantes hubieran sido interceptados por la Guardia Civil en suelo marroquí, los agentes españoles tendrían que cumplir la legislación de España.

Respecto al argumento del convenio hispano marroquí, los expertos tienen claro que "no justifica" la aplicación de las devoluciones en caliente, primero, porque por encima del acuerdo están la Ley de Extranjería y la Constitución Española y, segundo, porque "establece nuevas obligaciones para la ejecución materia de estas entregas de ciudadanos extranjeros que también se están incumpliendo".

- Lea, íntegro, el informe elaborado por los juristas del proyecto 'I+D+i IUSMIGRANTE'

El concepto de frontera "caprichosa" del Ministerio del Interior no es "legal", según 16 juristas


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