El Juzgado anula la multa de la Ciudad a un dirigente de CCOO por usar tambores para manifestarse


El Juzgado anula la multa de la Ciudad a un dirigente de CCOO por usar tambores para manifestarse

- El Contencioso-Administrativo estima el recurso de Valle-Inclán y anula la sanción de 2.000 euros al considerar que los manifestantes pueden elegir el medio "para hacer llegar su mensaje"

- Comisiones considera que la sentencia supone "otro varapalo" para el Gobierno de Vivas, "que una vez más ha mostrado su talante autoritario"

Comisiones Obreras (CCOO) de Ceuta ha informado este miércoles de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta ha dictado sentencia estimando el recurso presentado por su secretario de Organización, Ramón del Valle-Inclán, contra la multa de 2.000 euros que le había impuesto la Consejería de Medio Ambiente por una supuesta infracción a la Ley del Ruido debido al uso de tambores en las manifestaciones de parados celebradas en los días 25 de noviembre y 3 y 10 de diciembre de 2010, sanción que ha quedado "anulada".

El sindicalista había sido sancionado como persona física "a pesar de que había convocado las manifestaciones en nombre y representación de CCOO de Ceuta", circunstancia que formaba parte de los argumentos de su defensa, en la que también apelaba a "la consideración de los instrumentos de percusión como elementos fundamentales para el ejercicio del derecho constitucional de reunión y libertad de expresión".

El magistrado Antonio Severo, ponente de la sentencia, "invocando abundantes fundamentos de derecho" según CCOO, ha estimado que la utilización y selección de los diferentes instrumentos o medios para hacer públicas las reivindicaciones propias de la reunión o manifestación "forman parte del contenido de dicho derecho" y que, "dada la íntima conexión histórica y doctrinal entre la libertad de expresión y el derecho de reunión, los titulares de este derecho, al amparo del mismo, están en condiciones de decidir acerca de cuáles han de ser los instrumentos o vehículos materiales a través de los cuales tratan de hacer llegar su mensaje a los destinatarios".

Comisiones se ha congratulado porque la sentencia recoja también que los instrumentos utilizados durante los días de concentración "forman parte inescindible del derecho fundamental de reunión por tratarse de medios a través de los cuales se coadyuva directamente a hacer efectivo el ejercicio de este derecho". 

"Seguiremos reclamando medidas contra el paro a la Ciudad y al Estado"

Para el autor de la sentencia, sólo la autoridad gubernativa, no el Gobierno de la Ciudad, tenía en su mano la posibilidad de limitar el derecho de reunión o manifestación "cuando se dieran algunos de los supuestos previstos en la ley, es decir, cuando existieran fundadas razones de alteración del orden público con peligro para las personas y los bienes". "La limitación o prohibición de este derecho requeriría una resolución motivada y proporcionada, no habiéndose producido este hecho en el caso juzgado", ha destacado el sindicato en su nota.

A juicio de Comisiones esta sentencia "supone un nuevo varapalo judicial contra el Gobierno de Juan Vivas, que una vez más ha mostrado su talante autoritario imponiendo una sanción injusta a un ciudadano, con la intención de limitar el libre ejercicio de un derecho constitucional como ya hizo en ocasiones anteriores, como cuando sancionó a los conductores del vehículo que abría carrera de la manifestación o cuando dictó servicios mínimos abusivos en huelgas convocadas por el sindicato".

CCOO-Ceuta ha dejado claro, para terminar, que "a pesar de la persecución de la que hemos sido objeto por el Gobierno de Vivas, seguiremos exigiendo la adopción de medidas eficaces tanto de la Administración de la Ciudad como de la del Estado para paliar la lacra del paro que en esta ciudad ha alcanzado niveles insoportables".

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