TARAJAL

La reapertura de la frontera entra en su segunda fase: es turno de los trabajadores transfronterizos

La reapertura de la frontera entra en su segunda fase: es turno de los trabajadores transfronterizos
empleada hogar
Archivo

Solo 150 trabajadores marroquíes han logrado el visado específico para acceder a Ceuta


A  partir de las 00.00 horas de este martes 31 de mayo daba comienzo la segunda fase de la reapertura gradual de los pasos fronterizos terrestres. Desde este último día de mayo, los trabajadores transfronterizos vuelven a tener la puerta abierta para acceder a la ciudad autónoma, aunque la exigencia de un visado específico para las ciudades autónomas y tener en vigor su documentación de trabajadores transfronterizos reducirá notablemente la cifra.

Según datos de Delegación de Gobierno, alrededor de 150 trabajadores y trabajadoras transfronterizos podrán acceder a Ceuta con el visado especial que las habilita para entrar en nuestra ciudad. A ellos hay que sumar los trabajadores que ya tienen toda su documentación al día (TIE)  no precisan de visado para cruzar la frontera. Cifras que, como sucediera en la primera fase de la reapertura de la frontera reduce notablemente el número de trabajadores que entrarán a la ciudad autónoma. Aproximadamente unas 400 personas tendrían su documentación en regla, los que supone la tercera parte solo de las empleadas de hogar con contrato registradas en la Seguridad Social a principios de 2020.

Entre quienes pasen desde este martes por la frontera no estarán el gruyes de trabajadoras que quedaron atrapadas en Ceuta, obligados a elegir entre su pesto de trabajo o regresar a su paños. Rachida Jraifi, portavoz del colectivo en Ceuta, explica que no tienen todavía la tarjeta de trabajador transfronterizo en regla y aún han d regularizar su situación para poder regresar a su paños con la tranquilidad de que pueden volver a Ceuta sin perder su trabajo.

Ahora, eso sí, lo tienen un poco más fácil. La Secretaria de Estado de Migraciones dio luz verde el pasado jueves a facilitar los trámites a aquellos  trabajadores que estaban en posesión de un permiso de trabajo antes del cierre de la frontera. Estas personas podrán renovar sus permisos de trabajo  sin necesidad de iniciar una nueva solicitud,  que supondría la presentación de más documentación. 

Del mismo modo les ha indicado que las nuevas solicitudes en el régimen especial del “servicio doméstico”, tendrán requisitos reforzados de cara a favorecer la contratación de empleados y empresas locales.

¿Qué trámites se deben realizar para contratar a una persona transfronteriza?

OFICINA DE EXTRANJERIA: Permiso de Trabajo.

Solicitud o renovación del permiso de trabajo para personas transfronterizas

https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja056/index.html

CONSULADO DE ESPAÑA EN TETUÁN. Visado Especial

  • Una vez obtenida la resolución  deberá solicitar un visado especial para Ceuta en el Consulado de Tetuán.
  • Junto a esta resolución deberá aportarse el pasaporte en vigor y una solicitud con dos fotografías
  • El visado solamente admite un pase a Ceuta, en el que el beneficiario, previa cita, deberá acudir a la Oficina de Extranjería

3. OFICINA DE EXTRANJERÍA. Expedición de Tarjeta de Identidad de Extranjeros ( TIE).

La persona trabajadora podrá  acceder a Ceuta para tramitar la tarjeta que le  permitirá el acceso diario a la ciudad. Para ello necesita la siguiente documentación:

  • Modelo oficial Ex17
  • Pasaporte en vigor y fotocopia 
  • Tasas modelo 790. Código 012 don justificante de pago (19,30 euros)
  • Antigua TIE y fotocopia
  • Resolución de permiso de trabajo

Mientras se gestiona la expedición de la tarjeta, el trabajador dispondrá de un resguardo que le permitirá sus tránsitos por la frontera, sin necesidad de visado.

Recordar que este tipo de permisos no admite, en ningún caso, la pernoctación en Ceuta. El nuevo sistema de control fronterizo permite detectar estos incumplimientos.

AUTORIZACIONES TRABAJADORES TRANSFRONTERIZOS CON AUTORIZACIÓN PREVIA EN VIGOR A FECHA DEL CIERRE DE LA FRONTERA

Presentación efectuada por el empleador.

    Solicitud Modelo EX - 12. 

http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html

  •     Escrito donde el empleador justifica la no presentación de la totalidad de la documentación que se requiere para autorizaciones iniciales.
  •     DNI del empleador, original y copia, en caso de no consentir el acceso a datos de identidad.
  •     Contrato de trabajo indefinido del servicio de hogar familiar, conforme al SMI. 

https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/indefinido/Indefinido.pdf

Documentación a aportar por la trabajadora:

  •     1 Fotografía reciente, fondo blanco, tamaño 25x32mm.
  •     Pasaporte, original y copia de la hoja biográfica, o copia compulsada
  •     Certificado de residencia en zona limítrofe de Marruecos con España, emitido por la Dirección General de la Seguridad Nacional (Comisaría de Policía) (original apostillado, copia sellada por traductor oficial y traducción).
  • Se generará una Tasa por un importe de 201,82€

La reapertura de la frontera entra en su segunda fase: es turno de los trabajadores transfronterizos


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad