GUÍA PRÁCTICA

Sanidad y la AEAT elaboran una guía de qué mercancías pueden cruzar y cuáles no, la frontera. Esta es

Sanidad y la AEAT elaboran una guía de qué mercancías pueden cruzar y cuáles no, la frontera. Esta es
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Lo que puede y lo que no cruzar esa valla./archivo
Hasta 10 kilos de frutas y verduras y 4 unidades de pan se pueden traer desde Marruecos. Pero en cualquier caso, las cantidades no son acumulables.

El Ministerio de Sanidad y la Agencia Tributaria han elaborado una guía para aclarar qué mercancías y en qué cantidad pueden cruzar la frontera del Tarajal desde Marruecos y cuáles no pueden transportarse en ningún caso.

En el apartado de “Nada que declarar”, esto es, las mercancías que no deberían suponer mayor problema para ingresar a España desde Marruecos se consignan:

Recuerdos y regalos cuyo valor no exceda los 100 euros

Cosméticos y medicamentos. En este caso, los “necesarios para uso personal”, y se recomienda “llevar receta o informe médico”.

Tabaco y bebidas alcohólicas. Al igual que sucede en el barco, lo máximo que se puede transportar es un cartón de tabaco, 200 cigarrillos y 1 litro de licores de más de 22 grados de alcohol o hasta 2 litros si es menor la graduación.

Frutas y verduras. Puede usted volver a hacer la compra en el zoco de Castillejos, pero con límites. Hasta 10 kilos de productos.

Plantas y hierbas aromáticas, especies e infusiones, condimentos, complementos alimenticios. Puede pasar hasta un máximo de 2 kilos.

Pan. 4 unidades como máximo.

Aceite y encurtidos. Un máximo de 5 kilos, siempre en envase cerrado, precintado y etiquetado.

Productos compuestos estables a temperatura ambiente. Máximo de 5 kilos siempre que en su composición no aparezca el huevo, la leche, la miel.

En todos los casos las cantidades no son acumulables al resto de productos.

Lo que no se permite en ningún caso, ni en microgramos.

Carnes y productos derivados como los embutidos. Pescado y mariscos, ya sean frescos o en conserva. Cualquier producto derivado del huevo, ni tortillas ni flanes. Leche y sus derivados. Nada de yogures, quesos, mantequillas, etc. Productos compuestos con cualquier producto de los anteriores. Ojo, porque aquí se citan bocadillos, bollería, pizza y pasteles. Productos a granel no envasados o etiquetados.

Y como advertencia final, por si alguien no lo había pillado aún, lo que se persigue es que el Tarajal no se vuelva a convertir en una aduana al margen de la legalidad, por eso se especifica que no se “puede entrar repetidas veces y transitar con productos que sí están permitidos” dado que se considera expedición comercial.

Animales y dinero

Dos últimos apartados, especialmente interesantes. Como sucede en cualquier frontera del mundo no se puede cruzar con animales o especies vegetales que estén protegidos y como ya sucedía antes tampoco se puede cruzar ganado de ningún tipo (aviso especialmente relevante dada la cercanía de la Fiesta del Sacrificio).

Sí se pueden cruzar mascotas, como perros, gatos o hurones, pero deberán ir identificados con microchip o tatuaje y certificado veterinario o pasaporte en el que conste la vacuna antirábica en vigor. Un Test serológico de rabia es obligatorio y ha de estar expedido por un laboratoria autorizado en la Unión Europea.

Y tampoco el dinero puede circular libremente. El máximo permitido es de 10.000 euros, en la forma que sea, moneda, billetes o cheques.

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Sanidad y la AEAT elaboran una guía de qué mercancías pueden cruzar y cuáles no, la frontera. Esta es


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