Vivas afirma en Facebook que la RPT “es un instrumento conveniente pero no imprescindible”


Vivas afirma en Facebook que la RPT “es un instrumento conveniente pero no imprescindible”

-Desde 1984 las RPT son obligatorias por Ley para todas las administraciones

-La Ciudad ha gastado en esta legislatura unos 160.000 euros en realizar una RPT que jamás se aprobó

Juan Jesús Vivas Lara, participó ayer en un encuentro digital mediante su perfil personal de la red social Facebook. Entre otras cuestiones un usuario decidió preguntar por la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) ‘[…] lleva usted y su partido...prometiendo legislatura tras legislatura. ¿No cree que se le ha ido de las manos la administración de la ciudad, teniendo en cuenta que usted es el presidente autonómico que más cobra en relación al número de habitantes y que también somos la ciudad más endeudada de España por habitante?[...]’.

Al respecto de la RPT, la cual habría costado en esta legislatura sobre unos 160.000 euros a las arcas municipales, el presidente Vivas contestó que ‘La RPT es un instrumento conveniente y necesario pero no absolutamente imprescindible para garantizar el funcionamiento ordenado de la Administración. Hemos considerado, al mismo tiempo, que los actuales momentos económicos y presupuestarios no son los más convenientes para abordar un proceso de esta naturaleza’.

Las RPT son obligatorias desde la aprobación de la Ley 10/1984 (medidas para la reforma de la función pública) para todas las administraciones públicas, más concretamente en el artículo 16 hace referencia a las Relaciones de Puestos de Trabajo en las Comunidades Autónomas y entidades locales.

Este artículo fue derogado por la ley 7/2007 (Estatuto Básico del Empleado Público), que en su artículo 74 referente a la ordenación de los puestos de trabajo sentencia que “Las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos”.

Las Relaciones de Puestos de Trabajo tienen como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

Vivas afirma en Facebook que la RPT “es un instrumento conveniente pero no imprescindible”


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