Escupir, orinar o sacudir alfombras a la calle conllevará multas de entre 100 y 750 euros

Escupir, orinar o sacudir alfombras a la calle conllevará multas de entre 100 y 750 euros
Habrá que recoger y limpiar excrementos sólidos y líquidos.

- La nueva Ordenanza de limpieza pública y residuos que prepara la Consejería de Medio Ambiente multiplicará las sanciones económicas por comportamientos incívicos

- Tirar la basura en los contenedores fuera del horario establecido o no recoger los excrementos de las mascotas queda tipificado como infracciones graves con multas de entre 750 y 1.500 euros


La nueva Ordenanza de limpieza viaria y residuos que ha elaborado la Consejería de Medio Ambiente multiplicará las sanciones por comportamientos incívicos en la vía pública: las infracciones leves, que hasta ahora conllevaban multas de "hasta 150,25 euros", costarán un mínimo de 100 y hasta 750 euros; las graves serán sancionables con entre 750 y 1.500; y las muy graves, con hasta 3.000.

"Nno depositar en las papeleras previstas al respecto los residuos sólidos de tamaño pequeño como papel, envoltorios y similares”; “escupir o satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública”; “sacudir ropas y alfombras desde balcones”; “depositar cigarros, cigarrillos, colillas u otras materias encendidas sin apagar en papeleras o contenedores”; o “esparcir y tirar toda clase de octavillas y materiales similares y colocación de publicidad en los vehículos” quedarán tipificadas, de acuerdo con el borrador de la norma, como infracciones leves.

Al catálogo de las graves se eleva “depositar los residuos fuera del horario establecido”. El horario para depositar residuos en los contenedores normalizados queda igual:  desde las 21.00 hasta las 24.00 horas entre el 1 de abril y el 31 de octubre; y desde las 20.00 horas hasta medianoche el resto del año. Está prohibido hacerlo “una vez que el servicio de recogida haya procedido a su vaciado, salvo en la franja horaria antes referida”.

Igual consideración tendrá “abandonar muebles, enseres domésticos, trastos viejos, materiales residuales, procedentes de pequeñas reparaciones en los domicilios”; “el abandono de vehículos en la vía pública”; lavar automóviles en la calle o cambiarles aceites y otros líquidos, así como repararlos “salvo actuaciones puntuales de emergencia”; “depositar residuos no autorizados o distintos en contenedores de recogida selectiva reservados para otros materiales residuales”; o “la no recogida de los excrementos sólido de los animales por sus propietarios o acompañantes de acuerdo a lo establecido” y "la no limpieza, por parte del propietario o acompañante del animal, de la vía pública afectada por el excremento líquido del animal".

'Muy grave' se considerará, a partir del día 1 de enero de 2018 “entregar” bolsas de un solo uso no biodegradables; ensuciar la vía pública “como consecuencia de actos vandálicos contra el mobiliario del servicio de limpieza (contenedores, papeleras...)”; o “reincidir” en infracciones graves.

La imposición de sanciones “deberá guardar la debida adecuación entre la gravedad del hecho u omisión constitutiva de la infracción y la sanción aplicada”, considerando varias “circunstancias atenuantes o agravantes” entre las que se incluye “repercusión, trascendencia o reversibilidad del daño producido”; la existencia de “ánimo de lucro o beneficio ilícito”; “la capacidad económica del infractor”; la “intencionalidad” y la repetición a lo largo de un año de “más de una infracción de la misma naturaleza”.

Igualmente se valorará “que la comisión de la infracción no resulte más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de la norma infringida”.

Con independencia de la sanción económica que se pueda imponer mediante el oportuno procedimiento sancionador contra aquellas personas que incumplan lo preceptuado en la nueva Ordenanza, el borrador establece que “la autoridad municipal exigirá al causante de un deterioro la reparación de los daños causados, con objeto de restaurar y reponer los bienes alterados a su estado anterior”.

Escupir, orinar o sacudir alfombras a la calle conllevará multas de entre 100 y 750 euros


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