Caballas deberá recabar el apoyo de 60 votantes ceutíes para poder concurrir a los comicios del 20-N


Caballas deberá recabar el apoyo de 60 votantes ceutíes para poder concurrir a los comicios del 20-N

- La reforma de la LOREG aprobada a principios de año por Populares y socialistas exige a las formaciones sin representación en las Cortes recopilar el apoyo del 0,1% de los electores de su circunscripción

- La recogida de firmas puede realizarse desde el pasado martes, aunque los de Mohamed Ali todavía no han comenzado

Las formaciones políticas sin representación en las Cortes Generales que, como Caballas, deseen presentarse a las próximas elecciones generales, deberán recoger durante las próximas dos semanas los avales que equivalgan al 0,1% del censo de la circunscripción por la que deseen concurrir a los comicios. En el caso de los localistas, dado que en Ceuta podrán votar algo más de 58.000 personas, deberán hacerse con el respaldo de unos 60 electores, misión que parece será un simple trámite pero que todavía no han iniciado los de Mohamed Ali.

La reforma de la ley electoral aprobada a principios de año por Populares y socialistas exige ahora que los partidos, federaciones o coaliciones sin escaños en las Cortes Generales recojan en 20 días a contar desde el pasado marts, cuando se convocó formalmente en el BOE la cita con las urnas del 20-N, el 0,1% de avales del censo de la circunscripción por la que se presenten.

La Junta Electoral Central concretó el pasado 16 de septiembre cómo deben hacerlo a través de una instrucción que establece que se admite la firma electrónica, que no habrá que aportar la copia del DNI de cada firmante y que tampoco hará falta validar los apoyos ante notario.

Las firmas deben recogerse conforme al documento colgado en Internet por el Ministerio del Interior. Los datos que se deberán aportar "necesariamente" en la recogida de firmas para realizar la acreditación de elector en la circunscripción correspondiente a la inscripción en el censo electoral son: nombre y apellidos del elector, número de DNI, "sin que sea preciso aportar fotocopia del documento", fecha de nacimiento y firma.

Para que una agrupación de electores pueda presentar candidatura al Congreso de los Diputados o al Senado se mantiene vigente la exigencia consistente en que dicha candidatura deberá acompañarse de la firma del 1% de los electores inscritos en el censo electoral de la circunscripción.

Ningún avalista puede prestar su firma a más de una candidatura para el proceso electoral.

Los representantes de las candidaturas deberán adjuntar los avales que hubieran recogido a la restante documentación necesaria para la presentación de candidaturas de conformidad con la legislación electoral.

El censo, a exposición del 3 al 10 de octubre

El próximo 20 de noviembre de 2011 podrán votar en las elecciones a Cortes Generales 35.776.615 electores, de los que un total de 1.519.397 electores residentes en España participarán por primera vez en unos comicios de este tipo por haber cumplido 18 años desde la anterior votación, celebrada el 9 de marzo de 2008. Así lo ha detallado el Instituto Nacional de Estadística, que expondrá el censo entre los días 3 y 10 de octubre para posibles correcciones.

En la página web del Instituto Nacional de Estadística (http:/www.ine.es) está disponible información sobre el censo electoral con datos de interés para esta consulta del censo vigente, sobre reclamaciones, voto por correo, plazos, normativa legal y recuentos de inscritos.

Todos los electores pueden consultar los datos de las mesas y locales electorales de cualquier circunscripción e incluso por direcciones postales.

Caballas deberá recabar el apoyo de 60 votantes ceutíes para poder concurrir a los comicios del 20-N


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