REINTEGRO

La Ciudad, condenada a devolver 3,6 millones de Planes de Vivienda "no justificados" al Ministerio

La Ciudad, condenada a devolver 3,6 millones de Planes de Vivienda "no justificados" al Ministerio
nestor garcia ari los rosales
Imagen de archivo.

La Audiencia Nacional rechaza el recurso interpuesto por la Administración local, que aspiraba a que el expediente se considerase prescrito o se admitiese "compensar" el saldo a costa de transferencias futuras.


El Gobierno de Ceuta ya está en "el peor de los escenarios", según lo teorizó hace ya casi dos años en el Pleno el consejero de Fomento, Néstor García, en su respuesta a una interpelación de Caballas. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por  los Servicios Jurídicos de la Ciudad Autónoma contra la resolución dictada en enero del año pasado por la Secretaria de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda que ratificaba otra anterior para exigir a la Administración local la devolución de las cantidades no justificadas que le fueron transferidas en el marco del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y anteriores,3,64 millones de euros. Además, ha sido condenada al pago de las costas judiciales generadas.

"Seguramente siempre se pueda mejorarn pero que de 20 millones queden 3,6, cantidad coincidente con la baja de las últimas licitaciones para las ARI de Santiago Apóstol y Los Rosales, creo que no es tan mala gestión", alegó Néstor García en el Pleno, donde aseveró que si la Ciudad tenía que apoquinar esa cantidad no iba a tener "ningún impacto negativo ni en el presupuesto de 2016 ni en el de 2017 porque lo tenemos previsto".

La Administración General del Estado transfirió a la Ciudad para el desarrollo de las actuaciones en el marco de los sucesivos Planes Estatales de Vivienda 2009- 2012 y anteriores un total de 20,2 millones de euros. Sin embargo, solamente justificó al Ministerio de Fomento un total de 12,2 millones más 4,2 en “compromisos financieros adquiridos” pero no el importe restante, es decir, 3,6 millones de euros.

En abril de 2016, la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo acordó iniciar un expediente de reintegro contra el que la Ciudad registró alegaciones en mayo. En agosto, el secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda dictó una resolución en virtud de la cual requirió “la devolución de cantidades no justificadas por importe por importe de 3,64 millones de euros, elevando la liquidación a definitiva”.

En octubre, la Consejería de Fomento solicitó su anulación esgrimiendo dos argumentos de impugnación: por un lado, “nulidad de las resoluciones por haber prescrito el derecho de la Administración a liquidar y acordar el reintegro de las subvenciones”; y por otro, que el reintegro litigioso debía entenderse “como remanente de tesorería a descontar de seguras futuras transferencias”.

La Abogacía del Estado rechazó ambos postulados. El primero, porque los ingresos de derecho público “son exigibles en tanto que no haya transcurrido el plazo de prescripción”. En este caso son cuatro años los que sobrevive “el derecho de la Hacienda Pública estatal a reconocer o liquidar los créditos a su favor, contándose dicho plazo desde el día en que tal derecho pudo ejercitarse”. El acta de la Comisión Bilateral de Seguimiento del Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad Autónoma había fijado el saldo pendiente de justificar en 3,6 millones el 26 de octubre de 2015, fecha que daba inicio al plazo para que el reintegro de subvenciones no justificadas.

Sobre el segundo, las compensaciones solicitadas por el Ejecutivo de Vivas “no son aplicables a actuaciones de vivienda sin una fecha determinada, sin finalidad definida y sin que exista una normativa de aplicación”.

La Audiencia tampoco ha estimado las posiciones de la Ciudad. La primera, porque  “no ha transcurrido el plazo de prescripción establecido en la Ley General Presupuestaria y en la General de Subvenciones para el reintegro litigioso”. La segunda, porque, como defendió la Abogacía del Estado,  ·no puede admitirse ‘compensación’ en actuaciones inciertas al momento presente o referidas a Planes Estatales futuros o actuaciones en materia de vivienda que pudieran llevar financiación estatal más allá del ejercicio presupuestario del año 2016”, ya que se trata de “actuaciones inciertas’  no compensables por la via pretendida”.

La Ciudad, condenada a devolver 3,6 millones de Planes de Vivienda "no justificados" al Ministerio


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