El Consejo de Gobierno refrenda el acuerdo social para pagar parte de la extra de Navidad pasada


El Consejo de Gobierno refrenda el acuerdo social para pagar parte de la extra de Navidad pasada

- Carreira recuerda que si el Constitucional contradice las sentencias dictadas el abono tendría "la consideración de adelanto", sería detraída en julio y se liquidaría a quienes la hubieran percibido y ya no trabajaran para la Ciudad

- El Personal Laboral percibirá a finales de año el equivalente a 14 días devengados a la espera de que el TSJA deba si tiene cobrar otros 30 días o no

El Consejo de Gobierno ha refrendado este viernes el acuerdo rubricado esta semana entre la Consejería de Hacienda, Economía y Recursos Humanos y las tres centrales sindicales con representación en la Asamblea para el abono a los empleados públicos de la parte devengada de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, que se realizará en la nómina del próximo mes.

De este modo, el Gobierno procederá al cumplimiento de las sentencias dictadas al respecto, tanto la emitida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Ceuta, que reconoce el derecho de los funcionarios a cobrar la parte proporcional al periodo comprendido entre el 1 de junio y el 14 de julio y que tiene carácter firme, como la del Juzgado de lo Social de Ceuta, que aunque no es firme, se pronuncia en el mismo sentido relación al personal laboral, aunque en este caso reconociendo solo 14 días (del 1 al 14 de julio de 2012).

El titular de de Hacienda, Economía y Recursos Humanos y portavoz del Gobierno ha asegurado que "no ha sido fácil" encontrar el encaje jurídico para adoptar esta decisión y ha agradecido "la cooperación" de los sindicatos al entender que era necesario que la Administración contemplara la posibilidad de un revés judicial, tanto en el caso de los funcionarios como del personal laboral.

En relación a los primeros, el documento firmado contempla los dos escenarios que pueden abrirse tras el paso del contencioso por el Tribunal Constitucional, motivo por el que el pago tendrá el carácter de abono anticipado. Así, en el caso de que el TC confirmara el derecho de los funcionarios a percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente al periodo comprendido entre el inicio del segundo semestre de 2012 (1 de junio) y la entrada en vigor del Real Decreto por el que se suprimió esta paga (14 de julio), "se tendrá por cumplida la sentencia", además de abonarse la cantidad que correspondiera en cada caso a aquellos funcionarios que a fecha de diciembre de 2013 no trabajaran para la Ciudad pero que si lo hubieran hecho en el periodo afectado.

Si se declara constitucional la aplicación del Real Decreto, continúa el acuerdo, el abono tendría "la consideración de adelanto" de la siguiente paga extraordinaria y por tanto la cuantía sería detraída, y se liquidaría el abono a quienes la hubieran percibido y ya no trabajaran para la Ciudad.

En el caso del personal laboral, el acuerdo viene a suponer el cumplimiento de la sentencia del Juzgado de lo Social. Los sindicatos han recurrido este fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) para reclamar 44 días en vez de los 14 reconocidos. Si el TSJA diera la razón a este planteamiento, el Gobierno procederá a pagar los 30 días restantes (la parte correspondientes de la paga extraordinaria al mes de junio de 2012).

El Consejo de Gobierno refrenda el acuerdo social para pagar parte de la extra de Navidad pasada


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