NUEVO REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA

Los diputados no pueden recibir regalos valorados en más de 60 euros relacionados con su condición política

Los diputados no pueden recibir regalos valorados en más de 60 euros relacionados con su condición política
pleno vacío
Imagen de recurso.

Los diputados autonómicos seguirán obligados con el nuevo Reglamento de la Asamblea a "formular declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o puedan proporcionar ingresos económicos". Sus relaciones de bienes, ingresos y patrimonio se inscribirán en registros que tendrán carácter público y "serán publicadas", no opcionalmente como hasta ahora sino obligatoriamente, "en la página web oficial de la Ciudad y en el Portal de Transparencia".

Deben dar cuenta de sus actividades profesionales durante los tres años anteriores a su entrada en funciones en la Asamblea y sobre su pertenencia a comités o consejos de administración de empresas, organizaciones no gubernamentales, asociaciones u otros organismos con personalidad jurídica; de sus actividades habituales remuneradas por cuenta ajena o propia; y de actividades exteriores ocasionales remuneradas (incluidas las de escritura, académicas o de asesoría) cuando la retribución total exceda de 5.000 euros por año natural. 

También de su participación en empresas o sociedades "cuando pueda tener implicaciones políticas o cuando otorgue al diputado una influencia importante en los asuntos de los organismos que se trate" y del apoyo económico "en personal o material" que reciban de terceros.

Además, ningún diputado podrá aceptar regalos u obsequios en efectivo o en especie, favores o servicios "que procedan de una persona física o jurídica relacionada directa o indirectamente con su actividad como diputado y cuyo valor supere los 60 euros o 100 para el caso de acumular regalos procedentes de la misma persona, organismo o empresa en el período de un año".

Cuando un regalo u obsequio exceda las cuantías señaladas tendrá que ser "rechazado" y, en su caso, "devuelto a la persona de procedencia en el plazo de cinco días". Si no es posible, se procederá a su integración en el patrimonio de la Ciudad o se donará "a una entidad sin ánimo de lucro". Todo regalo que se reciba tiene quedar plasmado "en un registro dispuesto a tal efecto".

Incompatibilidad

Por otro lado, el diputado que "se ocupe directamente, en el marco de su profesión o de una actividad remunerada, de cualquier asunto que deba resolverse por un Órgano de la Ciudad", está obligado a dar cuenta de ello y a abstenerse "emitir opinión y de votar".

La actuación de los miembros en que concurran tales motivos "implicará, cuando haya sido determinante, la invalidez de los actos en que hayan intervenido", según establece el Reglamento vigente de la Asamblea y mantiene el borrador del nuevo.

Entre las situaciones incompatibles con ser diputado se recoge ser "contratista o subcontratista de contratos, cuya financiación total o parcial corra a cargo de la Ciudad Autónoma de Ceuta o de establecimientos de ella dependientes".

El régimen de incompatibilidades regulado será asimismo aplicable "a los miembros del Consejo de Gobierno que no sean diputados".

Los diputados no pueden recibir regalos valorados en más de 60 euros relacionados con su condición política


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