DISCIPLINA URBANÍSTICA

Fomento alerta de que no puede combatir las obras ilegales con la normativa preconstitucional vigente en Ceuta

Fomento alerta de que no puede combatir las obras ilegales con la normativa preconstitucional vigente en Ceuta
vista ceuta san amaro
Ceuta está hoy "condenada" a “soportar la continua proliferación y posterior consolidación de obras ilegales".

El “grave problema” de la “enorme proliferación” de obra ilegal “incipiente” o “ejecutada” es inabarcable para la Ciudad Autónoma con el marco normativo “preconstitucional” que tiene que utilizar la Consejería de Fomento y que el resto de Autonomías ya ha superado gracias a su desarrollo legislativo. El departamento que dirige Néstor García considera que la colocación de ladrillos sin control genera “una situación que puede calificarse de crítica y crónica” que “condena” a Ceuta “a soportar la continua proliferación y posterior consolidación de obras ilegales con los correspondientes problemas de toda índole que ello lleva aparejado”.

Para ponerle coto, algo que ve necesario de forma “emergente, ineludible e inaplazable”, el Ejecutivo local ha empezado a tramitar un Reglamento de medidas urgentes de disciplina urbanística con el objetivo de dotarse de medidas “de excepcionalidad y urgencia” que amplíe los plazos de prescripción de los expedientes, permita cortar los suministros básicos a los ‘ilegales’ y atacar hasta a quienes les suministran materiales.

A ojos del Gobierno, la “inactividad administrativa” solo agrava “la proliferación de obras sin licencia, su posterior consolidación y el ulterior acceso al registro de la propiedad”, así como conducir a una situación de “inseguridad para las personas derivada de la ausencia de control técnico inherente a la obra ilegal”.

“Mientras que en la mayoría de Comunidades se dispone de un año para resolver y notificar en los procedimientos sancionadores y de protección de la legalidad urbanística, en Ceuta solo se dispone de tres meses”, ejemplifican los técnicos en la memoria que, como ahora exige la normativa, ha salido esta semanar a exposición pública antes de iniciar el trámite plenario, algo que García espera hacer antes de que termine 2017.

Un instrumento que Fomento quiere usar es "el instituto de la multa coercitiva”, compatible con sanciones, por “no cumplir la orden de suspensión de las obras y/o no demolerlas una vez que ha sido ordenado el derribo de lo ilegalmente ejecutado”, que permitiría “forzar al responsable a cumplir con lo ordenado por la Administración y disuadir a futuros infractores de iniciar obras ilegales”.

El texto elaborado por Fomento se fija como modelo en la normativa valenciana (se puede llegar hasta a la expropiación por “incumplimiento de la función social de la propiedad), en la que cada diez días se puede imponer una multa de “entre 200 y 2.000 euros” cuya cuantía se concreta “con criterios de proporcionalidad, teniendo en cuenta la entidad y transcendencia de la actuación urbanística de que se trate”. Pueden ponerse hasta diez.

La Consejería desea “actualizar el cuadro de infracciones y sanciones” elevando la cuantía de las multas y estableciendo “nuevas tipificaciones en los supuestos escasa o nulamente regulados” pero también “ampliar la consideración de los responsables de la ejecución de obras ilegales no sólo al promotor, constructor y/o técnico director” y que se puedan dictar, aunque sea excepcionalmente y sin audiencia previa, “ordenes de ejecución referidas a la seguridad de la construcción consistentes en la adopción de medidas cautelares excepcionales”.

Más personal

“La mejor medida no regulatoria", apunta como caminos a explorar en paralelo, "sería un incremento en los medios humanos adscritos a la actual Unidad Administrativa de Licencias de Obra Menor, Disciplina Urbanística, Inspección de la Edificación y Uso de la Vía Pública (LODIU) acorde con la dimensión del grave problema del parque de viviendas ilegales, tanto en curso de ejecución (incipientes) como ejecutadas”.

Dentro de las alternativas regulatorias se citan la revisión y adaptación del PGOU porque “podría también darse respuesta a aspectos relativos a la posible legalización de concretas y específicas construcciones y edificaciones”.

Otra pasaría por “establecer, por motivos de celeridad administrativa, una nueva Habilitación competencial para la protección de la legalidad urbanística”. De esta forma, García ostentaría la habilitación para, entre otras cosas, “ordenar la demolición o derribo de lo ilegalmente construido, edificado o ejecutado” y “el restablecimiento, restitución o restauración del orden jurídico o urbanístico infringidos y de la realidad física alterada o transformada como consecuencia de la actuación ilegal".

Fomento alerta de que no puede combatir las obras ilegales con la normativa preconstitucional vigente en Ceuta


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