ORDENANZA

El Gobierno propone que los productos para celiacos certificados paguen el tipo mínimo (0,5%) de IPSI

El Gobierno propone que los productos para celiacos certificados paguen el tipo mínimo (0,5%) de IPSI
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Imagen de recurso.

La consejera de Hacienda, Kissy Chandiramani, elevará el martes al Pleno una revisión de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) que propone gravar con el tipo mínimo, un 0,5%,  los productos alimenticios destinados al consumo humano especialmente elaborados para la población celiaca “siempre que hayan sido certificados como tales por la Federación de Asociaciones de Celiacos de España (FACE)”.

La Marca de Garantía 'Controlado por FACE', propiedad de la Federación, fue creada en el año 1999 y tiene como objeto principal garantizar al consumidor celiaco que los productos que la portan han cumplido con los requisitos que FACE establece respecto a niveles máximos de gluten, garantizando que los productos verificados son aptos para el consumo por personas celiacas.

A partir del 1 de enero de 2020 el símbolo utilizado por FACE para la certificación de productos sin gluten que aportará seguridad en Europa será el Sistema de Licencia Europeo 'Espiga Barrada' (ELS).

Idéntico porcentaje se propone aplicar a las gafas o artículos similares con fines correctores, sus monturas y sus partes: por ejemplo: patillas, armaduras para las patillas, las bisagras, los cercos para loscristales, los puentes, plaquitas), igual que las lentes, incluso de contacto, “trabajadas ópticamente para corregir los defectos de la vista”.

A un 0,5% tributarán también los bienes muebles corporales “que se destinen a actividades sin ánimo de lucro de carácter docente o cultural o de índole benéfica”. En este caso, los empresarios o profesionales que, en el ejercicio de su actividad, transmitan los bienes con posterioridad a su importación “a favor de entidades que realicen las actividades anteriormente referenciadas también podrán acogerse al tipo mínimo “siempre que acrediten suficientemente la afectación de los mismos a las actividades indicadas”.

Al mínimo (0,5%) tributarían igualmente los coches destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación, así como los que deban transportar habitualmente "a personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida con independencia de quien sea el conductor de los mismos"..

La propuesta contempla aplicar un 5% de IPSI a los vehículos de propulsión eléctrica. En el caso de los ciclomotores provistos de un motor de cilindrada no superior a 50 centímetros cúbicos, el tipo a aplicar sería el 3%.

Otra cuestión abordada por la revisión es la referida al tipo de gravamen aplicable a la reimportación de los bienes que hayan sido objeto de trabajo de reparación o transformación fuera del territorio de aplicación de Impuesto, equiparándose el mismo "con el que le correspondería a éstas operaciones en el caso de entenderse localizadas en la ciudad".

El Gobierno propone que los productos para celiacos certificados paguen el tipo mínimo (0,5%) de IPSI


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