NUEVO REGLAMENTO

El PP propone reducir a 3 años el máximo para recibir ayudas de alojamiento alternativo

El PP propone reducir a 3 años el máximo para recibir ayudas de alojamiento alternativo
persona espalda
Imagen de recurso.

El Gobierno de Vivas quiere endurecer las condiciones que regulan las ayudas al alquiler del Programa de Alojamiento Alternativo con un nuevo Reglamento que, de acuerdo con el borrador elaborado por la Consejería de Sanidad, apuesta por reducir de 60 a 36 meses el máximo durante el que se puedan percibir, rebaja de 700 a 600 la cuantía máxima de la renta de la vivienda, fija en 6.000 euros (2.000 menos) el valor máximo del coche de la unidad familiar beneficiaria y reduce a 350 euros mensuales su cuantía máxima.

El PP dice aspirar a “garantizar de forma rápida y adecuada la cobertura de la necesidad básica de alojamiento en situaciones de urgencia” pero también que ello sea el “punto de partida de un proceso dirigido a la normalización social”.

Si el texto entra en vigor sin cambios no podrá concederse prestación alguna cuando el solicitante o cualquier otro miembro de la unidad convivencial sean “propietarios o usufructuarios de bienes muebles o inmuebles que, por sus características, valoración, posibilidad de venta o cualquier forma de explotación indiquen, de forma notoria, la existencia de medios materiales suficientes” para atender las obligaciones de la familia. En concreto, se entenderá que los recursos económicos de la unidad de convivencia son suficientes “cuando sumados en su totalidad y descontada la renta a abonar del alquiler,resulte una cuantía que suponga el 60% de todos los ingresos”.

El coste del alquiler de la vivienda para la que se pidan ayudas no podrá superar los 600 euros mensuales y el solicitante deberá acreditar estar empadronado en Ceuta “de forma continuada” desde, con carácter general, al menos “una antelación de 3 años anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda”.

Se exigirá acreditar “una fuente regular, continuada y mensual de ingresos durante los últimos seis meses” que no supere el doble del IPREM en familias con entre 2 y 4 miembros  y “no tener derecho a la Renta Básica de Emancipación Juvenil ni al otorgamiento de ayudas al inquilino previstas por la Consejería de Fomento o cualquier otro organismo que otorgue ayudas con la misma finalidad”.

Se entenderá que los recursos económicos de la unidad de convivencia son suficientes “cuando sumados en su totalidad y descontada la renta a abonar del alquiler,resulte una cuantía que suponga el 60% de todos los ingresos”

Ningún miembro de la unidad familiar podrá ser titular de un coche de uso particular cuyo valor actual supere la cantidad de 6.000 euros. La valoración patrimonial se realizará conforme a las tablas establecidas por el Ministerio de Hacienda y solo se exceptúa el supuesto de vehículos adaptados “si en la unidad convivencial hay algún miembro con movilidad reducida”.

Entre las causas de exclusión expresas se menciona haber sido beneficiario de una vivienda de protección oficial o similar, haber causado baja voluntaria en su trabajo (dentro de los doce meses anteriores a la solicitud y salvo supuestos de acoso laboral y/o sexual en trámite judicial), haber renunciado a un puesto de trabajo durante el año anterior o negarse  a realizar el programa de intervención social que, en su caso, se determine.

La cuantía de la prestación se fijará en función del cálculo que se efectúe sobre los ingresos ponderados de la unidad convivencial sin poder superar en ningún caso los 350 euros teniendo en cuenta el número de hijos menores y de miembros de la familia, si es monoparental, si incluye mayores de 65 años o víctimas de malos tratos...

La duración máxima de estas ayudas “será de un año, con posibilidad de prórroga, siempre que se mantengan las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento inicial del derecho a la ayuda” pero que “no podrá ser otorgada para una misma unidad de convivencia por un período superior a 36 mensualidades”. Tampoco podrá volver a pedirse durante tres años. Solo cabría una ampliación para unidades de convivencia formadas únicamente por mayores de 65 años; con un miembro “con enfermedad grave progresiva con carácter terminal”; o cuyo miembro principal que obtenga ingresos se le diagnostique una incapacidad grave mayor de 65% “que le impida el acceso al mercado laboral”.

El PP propone reducir a 3 años el máximo para recibir ayudas de alojamiento alternativo


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