CASI 60 ENTREVISTAS REALIZADAS

Interior solo ha admitido a trámite de momento una petición de asilo de los migrantes del último salto

Interior solo ha admitido a trámite de momento una petición de asilo de los migrantes del último salto
ceti
Imagen de recurso.

El proceso de formalización de sus solicitudes de asilo por parte de los 155 migrantes que accedieron el viernes de la semana pasada a Ceuta saltando en grupo el vallado por Benzú sigue avanzando. El Colegio de Abogados ha conseguido cubrir los seis puestos habilitados para otros tantos encuentros simultáneos con el fin de trabajar en ellos de 8.00 a 22.00 horas.

Hasta este jueves a primera hora se habían realizado 57 entrevistas. Todos los peticionarios que han recibido respuesta han visto inadmitidas sus solicitudes (la Administración debe responder en un máximo de 4 días por el procedimiento 'en frontera'), abriéndose entonces un periodo de dos para recurrir y otro igual para que Interior complete el reexamen y dé su veredicto definitivo, contra el que aún cabe llegar a la Audiencia Nacional con requerimiento de medidas cautelarísimas de paralización de cualquier expulsión.

Según las fuentes consultadas por Ceutaldia.com, de momento solo se ha registrado una contestación favorable de admisión a trámite de protección internacional. Su beneficiario tendrá derecho a permanecer en España documentado como tal hasta que se resuelva su solicitud (en un máximo de 6 meses durante los que se le puede pedir una neuva entrevista), salvo reclamación de otro país de la Unión Europea o de un Tribunal Penal Internacional.

También a la atención sanitaria en caso de necesidad y a recibir prestaciones sanitarias. Entre los deberes en esa situación se encuentra el de "presentar, lo antes posible, todos los elementos en que se apoye la solicitud" de asilo. En último término, si la decisión es favorable, el sollicitante es reconocido como refugiado o como persona bajo protección subsidiaria.

Con la protección internacional se adquiere derecho a no ser devuelto al país de origen, a autorización de residencia y trabajo, a obtener documento de identidad (y, en su caso, de viaje) y al reagrupamiento de familiares directos.

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