El PP quiere blindar el nombramiento sin límite de consejeros y viceconsejeros no diputados electos


El PP quiere blindar el nombramiento sin límite de consejeros y viceconsejeros no diputados electos

- El anteproyecto de Reglamento de Gobierno y los servicios de la Administración de Ceuta prevé que solo los directores y subdirectores generales deban, salvo excepciones, ser “funcionarios de carrera de cualquier Administración Pública"

- Los miembros del gabinete del líder del Ejecutivo “en ningún caso podrán ocupar puestos de trabajo reservados a funcionarios”

El Ejecutivo de Vivas ha publicado este viernes en el BOCCE un anteproyecto de Reglamento de Gobierno y los servicios de la Administración de Ceuta para “suplir la laguna existente hasta el momento y mejorar la eficacia en el funcionamiento de la Administración de la Ciudad Autónoma, así como establecer los aspectos esenciales del régimen jurídico de su sector público”. El texto, que consta de un Preámbulo, un Título Preliminar, ocho Títulos, una Disposición Adicional, una Disposición derogatoria única y tres finales, pretende aclarar, desarrollar y blindar el marco de autogobierno y organización que los Tribunales han cuestionado repetidamente durante los últimos meses al hilo del nombramiento de distintos viceconsejeros o directores generales.

Entre las competencias del presidente incluye “determinar el número [una sentencia pretendió limitarlo el año pasado a 8], el orden, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de las Consejerías y Viceconsejerías, mediante Decreto”, y “nombrar y separar libremente a los consejeros y viceconsejeros”, que no tendrán que tener la condición de diputados electos, así como nombrar “uno o más vicepresidentes”, figura que actualmente no existe, para sustituirle en caso de ausencia o enfermedad.

Cada Consejería podrá tener “uno o más viceconsejeros” y se estructurará “por bloques de competencias de naturaleza homogénea a través de Direcciones Generales [que podrán organizarse a su vez en Subdirecciones Generales y otras unidades administrativas inferiores] cuando la entidad de las atribuciones lo exija”.

Los viceconsejeros serán “nombrados y cesados libremente por Decreto del presidente” a propuesta del consejero correspondiente y para serlo tampoco será necesario “tener la condición de diputado” pero los directores generales deberán salir de entre “funcionarios de carrera de cualquier Administración Pública que pertenezcan a Cuerpos, Escalas, clases o categorías para cuyo ingreso se exija título superior” salvo que “en atención a las características específicas de las funciones” se consienta que su titular no reúna dicha condición”.

El Gabinete del presidente tampoco tendrá más limitación en número que la que indique su criterio, aunque sus miembros “en ningún caso podrán ocupar puestos de trabajo reservados a funcionarios”. Para el ejercicio de sus funciones de “colaboración y asistencia” ese personal eventual podrá recabar de las diferentes Consejerías “cuanta información considere necesaria”.

El PP quiere blindar el nombramiento sin límite de consejeros y viceconsejeros no diputados electos


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad