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El PP retiró una enmienda sobre las competencias idéntica en el fondo a la del PSOE

El PP retiró una enmienda sobre las competencias idéntica en el fondo a la del PSOE
vivas pleno
Vivas durante una sesión Plenaria esta legislatura./archivo

El Partido Popular había presentado una enmienda de sustitución a la propuso al Pleno el Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC) sobre la recuperación de competencias por la Asamblea en detrimento del Consejo de Gobierno que coincide en el fondo de la cuestión con la que finalmente salió adelante y que presentó el Grupo Parlamentario Socialista votada precisamente por el PP y el PSOE.

En ambas propuestas se instaba a recuperar competencias en materia de empleo y de contrataciones que superaran el 10 por ciento de los ingresos del Prespuesto consolidado de la Ciudad (unos 30 millones de euros), sí, pero en ambas también se alargaba el proceso de recuperación de esas competencias por parte del Pleno al exigir para su puesta en marcha la reforma de los reglamentos tanto de la Asamblea como del Consejo de Gobierno y sujeto siempre a estudios jurídicos que avalen la legalidad de las actuaciones para evitar que la recuperación de competencias caiga en saco roto. Una premisa que hizo no votar a los representantes del grupo proponente, el MDyC, al entender que se alargaba más aún en el tiempo la cuestión y que tales reformas eran innecesarias. Y una dilación, que el PP fijaba en 6 meses y el PSOE no tasó y que hace recelar al sindicato UGT de que realmente alguna vez el Pleno de la Asamblea vaya a recuperar esas competencias.

Comparativa propuestas PP y PSOE

Parte dispositiva enmienda del PP Parte dispositiva enmienda del PSOE

1.- Instar a la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Administración Pública para que, de manera urgente, promueva, a través del procedimiento legalmente pertinente, las modificaciones reglamentarias y demás resoluciones que sean precisas para atribuir, expresamente  y de acuerdo con la ley, al Pleno de la Asamblea las competencias relativas a:

a) La aprobación de la plantilla de personal; la relación de puestos de trabajo; las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; la Oferta Pública de Empleo de cada ejercicio; la fijación de las retribuciones complementarias de los funcionarios; y el número y régimen del personal eventual.

b) La contratación de obras, servicios y suministros; la adquisición o enajenación de bienes; y la realización de encargos a medio propio, cuyo importe, en cualquiera de los señalados casos, exceda del 10% de los ingresos ordinarios del Presupuesto Consolidado de la Ciudad (la suma de los capítulos 1 a 5, ambos inclusive, de dicho Presupuesto)”.

2.- Precisar que el encargo a que hace referencia el punto 1 anterior, comprende asimismo la redacción, ajustada a derecho, de los términos concretos de las competencias que pretenden atribuirse expresamente al Pleno de la Asamblea, de conformidad con lo acordado; el establecimiento de las competencias que, en relación con las materias afectadas, corresponderán a los demás órganos de esta entidad; y la fecha de entrada en vigor de la nueva estructura competencial.

3.- Fijar en seis meses, a contar desde la fecha de adopción del presente acuerdo, el plazo para la culminación y entrada en vigor de la antes mencionada nueva estructura competencial.

Que se lleve a cabo, conforme al procedimiento legalmente establecido, la reforma de los Reglamentos de la Asamblea y del Consejo de Gobierno.

Que se determine en el reglamento de la Asamblea de forma clara y aportando la seguridad jurídica requerida, las competencias que le corresponden a cada órgano institucional, esto es, Pleno de la Asamblea, Consejo de Gobierno, y Presidencia del Gobierno de la Ciudad.

Que la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, la oferta pública de empleo que se incluirá en los presupuestos de la Ciudad, las bases de selección de personal número de contrataciones y retribuciones del personal eventual, así como, remuneraciones complementarias de los empleados públicos, deben ser competencia exclusiva del Pleno de la Asamblea.

Que la contratación de obras y servicios y suministros, las encomiendas de gestión y la enajenación de bienes que supere el 10 por ciento de los ingresos del presupuesto consolidado de la Ciudad pasen a ser competencia del Pleno de la Asamblea.

Que el inicio del procedimiento de reforma estatuaria se fije en el mes de septiembre de 2019.

El PP retiró una enmienda sobre las competencias idéntica en el fondo a la del PSOE


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