NORMATIVA

El Reglamento que endurecerá la concesión de ayudas al alquiler, en consulta pública hasta el día 14

El Reglamento que endurecerá la concesión de ayudas al alquiler, en consulta pública hasta el día 14
adela nieto
La consejera de Sanidad, durante un Pleno.

La Consejería de Sanidad mantendrá abierto hasta el 14 de enero el plazo de presentación de aportaciones al nuevo Reglamento de Alojamiento Alternativo de la Ciudad, con el que el Gobierno de Vivas pretende "evitar la cronificación de la situación de exclusión" de las familias que perciben este tipo de ayudas e "intentar que la continuidad en la percepción de la renta para alquiler afecte a un número muy reducido de perceptores".

El departamento que dirige Adela Nieto aspira a que la aplicación de otros programas complementarios "suponga la superación de su precariedad económica, favoreciendo de esta forma su acceso al mercado laboral y su incorporación social".

En la práctica,el Gobierno de Vivas quiere endurecer las condiciones que regulan estas ayudas al alquiler, ya que apuesta por reducir de 60 a 36 meses el máximo durante el que se puedan percibir, rebaja de 700 a 600 la cuantía máxima de la renta de la vivienda, fija en 6.000 euros (2.000 menos) el valor máximo del coche de la unidad familiar beneficiaria y reduce a 350 euros mensuales su cuantía máxima.

Si el texto entra en vigor sin cambios no podrá concederse prestación alguna cuando el solicitante o cualquier otro miembro de la unidad convivencial sean “propietarios o usufructuarios de bienes muebles o inmuebles que, por sus características, valoración, posibilidad de venta o cualquier forma de explotación indiquen, de forma notoria, la existencia de medios materiales suficientes” para atender las obligaciones de la familia. En concreto, se entenderá que los recursos económicos de la unidad de convivencia son suficientes “cuando sumados en su totalidad y descontada la renta a abonar del alquiler,resulte una cuantía que suponga el 60% de todos los ingresos”.

El coste del alquiler de la vivienda para la que se pidan ayudas no podrá superar los 600 euros mensuales y el solicitante deberá acreditar estar empadronado en Ceuta “de forma continuada” desde, con carácter general, al menos “una antelación de 3 años anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda”.

Se exigirá acreditar “una fuente regular, continuada y mensual de ingresos durante los últimos seis meses” que no supere el doble del IPREM en familias con entre 2 y 4 miembros  y “no tener derecho a la Renta Básica de Emancipación Juvenil ni al otorgamiento de ayudas al inquilino previstas por la Consejería de Fomento o cualquier otro organismo que otorgue ayudas con la misma finalidad”.

Ningún miembro de la unidad familiar podrá ser titular de un coche de uso particular cuyo valor actual supere la cantidad de 6.000 euros. La valoración patrimonial se realizará conforme a las tablas establecidas por el Ministerio de Hacienda y solo se exceptúa el supuesto de vehículos adaptados “si en la unidad convivencial hay algún miembro con movilidad reducida”.

Entre las causas de exclusión expresas se menciona haber sido beneficiario de una vivienda de protección oficial o similar, haber causado baja voluntaria en su trabajo (dentro de los doce meses anteriores a la solicitud y salvo supuestos de acoso laboral y/o sexual en trámite judicial), haber renunciado a un puesto de trabajo durante el año anterior o negarse  a realizar el programa de intervención social que, en su caso, se determine.

La cuantía de la prestación se fijará en función del cálculo que se efectúe sobre los ingresos ponderados de la unidad convivencial sin poder superar en ningún caso los 350 euros teniendo en cuenta el número de hijos menores y de miembros de la familia, si es monoparental, si incluye mayores de 65 años o víctimas de malos tratos...

El Reglamento que endurecerá la concesión de ayudas al alquiler, en consulta pública hasta el día 14


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad