CONCESIÓN

Puertos del Estado aboca a abrir un expediente nuevo para el traspaso de 'Genco' a DIA

Puertos del Estado aboca a abrir un expediente nuevo para el traspaso de 'Genco' a DIA
autoridad portuaria
Imagen de la sede de la Autoridad Portuaria.

El traspaso de la nave del Puerto de 'Molina Genco' a DIA no podrá hacerse de forma expeditiva y, en caso de llegar a buen término, deberá soportar una doble tasa: sobre el alquiler que perciba la primera y sobre las ventas que haga la segunda. Así lo ha dictaminado Puertos del Estado en un informe solicitado por la Autoridad Portuaria.

Con ese dictamen parece imposible que el Consejo de Administración del Puerto pueda, “antes del 30 de junio”, ni con la nariz tapada, cumplir la condición estipulada en el acuerdo entre DIA y los sindicatos para subrogar a todos los empleados que hasta ahora ha tenido Navariba en Ceuta: “Votar favorablemente a la concesión a DIA para la apertura de la tienda en la ubicación y los términos que está solicitado”.

La operación con la nave de ‘Molina Genco’ había topado con aparentes reparos legales al incluir no solo una modificación del uso de la concesión sino también de titular. La Autoridad Portuaria ya tenía incoado un expediente que va a “decaer”. Será preciso instruir otro desde cero porque para Puertos del Estado no cabe considerar la operación como una “ampliación” de actividad de la concesión original a ‘Molina Genco’ para “almacenamiento y venta de materiales de construcción, sino como un “cambio”.

Ello supone que “hay que volver a la casilla de salida y abrir otro procedimiento, con un nuevo expediente y un nuevo trámite con todos sus plazos de información pública, audiencia, alegaciones...”, han resumido fuentes de la Autoridad Portuaria.

La Ley de Puertos establece que las modificaciones no sustanciales de una concesión portuaria solo requieren “informe previo del director de la Autoridad Portuaria” para que lo vote el Consejo de Administración. Tienen el carácter de “sustanciales” las que, entre otros requisitos, comportan cambios del objeto de la concesión, ampliación de la superficie en más de un 10%, del plazo de la concesión o de la ubicación. En ellas se exige, con carácter general, un plazo de información pública de al menos 20 días, informes técnicos, etcétera. El plazo máximo para resolver el procedimiento es de hasta ocho meses.

Doble tasa

En paralelo, Puertos del Estado ha advertido a la Autoridad Portuaria de que, en caso de prosperar el expediente, el resultado deberá hacer frente a una doble tasa de actividad. Por un lado, el arrendatario, ‘Molina Genco’, deberá pagar a las arcas públicas un porcentaje de la renta que facture, mientras que DIA deberá hacer lo propio en función del volumen de sus ventas.

De esta forma, Puertos del Estado cambiaría el criterio que se había aplicado hasta ahora en las transmisiones de concesiones en Ceuta en el sentido reclamado por Caballas, que viene denunciando la realización de operaciones “especulativas” con  naves que sus titulares ceden a cambio de cuantiosos alquilares para que otros las exploten comercialmente sin elevar los ingresos públicos.

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