Corrigiendo la territorialidad en las Diputaciones Provinciales


Corrigiendo la territorialidad en las Diputaciones Provinciales
Quienes leen habitualmente este blog saben que no soy nada partidario de las diputaciones provinciales. Considero que no tienen sentido en un estado autonómico como el nuestro, como lo demuestra el hecho de que no se les eche de menos en la Comunidades uniprovinciales. El sistema para elegir a los diputados provinciales es uno de los [...]

Quienes leen habitualmente este blog saben que no soy nada partidario de las diputaciones provinciales. Considero que no tienen sentido en un estado autonómico como el nuestro, como lo demuestra el hecho de que no se les eche de menos en la Comunidades uniprovinciales.

El sistema para elegir a los diputados provinciales es uno de los procedimientos menos públicos y transparentes de los que existen en la democracia española (artículos 203-209 LOREG).

En síntesis el sistema es el siguiente:

a) Hay un número de diputados provinciales establecidos por la LOREG en función de la población (mínimo de 25 y máximo de 51).

b) La circunscripción electoral es el partido judicial, pero no los actuales partidos judiciales sino que existían en 1979.

c) La Junta Electoral hace la atribución de diputados provinciales según población y después los diputados provinciales según los concejales conseguidos por cada formación política en cada partido judicial.

d) Las candidaturas son presentadas con posterioridad a las Elecciones Municipales.

Este sistema es indirecto y bastante oscuro, ya que los ciudadanos elegidos a los concejales de nuestro municipio pensando en las cuestiones, lo que sirve posteriormente para elegir una corporación provincial con otros criterios, intereses y con candidatos desconocidos para los ciudadanos.

El fraccionamiento de la provincia en circunscripciones menores y que la elección se haga en virtud del número de concejales obtenidos, lleva a que las zonas menos pobladas tengan mayor representación que las más pobladas. Esto hace que el número de votos sea irrelevante para hacerse con una Diputación.

Si la elección de las Diputaciones se hicieran en una circunscripción única y se computasen los votos de los ciudadanos, que serían conscientes de que también eligen a esa entelequia provincial, se ganaría en proporcionalidad y en transparencia. A pesar de ello, nada justificaría la existencia de estas corporaciones.

Veamos algunas simulaciones empleando los votos en 2007 en la provincia, con una circunscripción única y atribuyendo según D’Hondt.


Actualmente el PSC tiene 25 de los 51 diputados provinciales de Barcelona, con poco más de un tercio de los concejales. El sistema de la simulación implicaría un reforzamiento de las opciones más fragmentadas territorialmente (PP, ICV-EUiA y ERC) a un número de diputados cercanos al porcentaje de votos que recibieron.


El caso de la Diputación de Málaga es el más llamativo. El partido que sacó más votos en las Elecciones Municipales no consiguió la mayoría de los diputados provinciales (porque tenían menos concejales). Otro sistema valoraría más los votos municipales de los ciudadanos y cambiaría el resultado en la corporación malacitana.


Las Diputaciones de Sevilla y de Valencia presentan caracteres similares, ya que en ambas hay un partido con mayoría absoluta, que mantendría, pero no tan amplia como con el sistema actual. No cambiaría nada actualmente, pero si posibilitaría un cambio en las diputaciones si se modificasen los porcentajes de voto.


Archivado bajo:Barcelona, Celtiberia, Ciencias Políticas, Derecho Constitucional, Derecho Local, Elecciones, Málaga, Política, Sevilla, Simulaciones electorales, València
Posted originally: 2010-02-25 12:00:22

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