Limitación de mandatos (II)


Limitación de mandatos (II)
¿Cumpliría la limitación de mandatos con esas dos finalidades? Alguien que tenga un mandato limitado puede verse impelido a actuar con energía para conseguir sus objetivos antes de que acabe su tiempo o bien, amparado en el poco tiempo que tiene, conformarse con algunas cositas. Otras veces la propia dinámica política haría que los mandatos [...]

¿Cumpliría la limitación de mandatos con esas dos finalidades?

Alguien que tenga un mandato limitado puede verse impelido a actuar con energía para conseguir sus objetivos antes de que acabe su tiempo o bien, amparado en el poco tiempo que tiene, conformarse con algunas cositas. Otras veces la propia dinámica política haría que los mandatos se dieran por terminados al poco de empezar (lo del ‘pato cojo’ de los norteamericanos).

No es conveniente olvidar que eliminación la posibilidad de reelección se quita un incentivo importante para hacer las cosas bien y puede que aparezcan otros. Cuanto más pequeño sea el periodo de ejercicio del poder y mayor la limitación de mandatos, entonces más abonado está el terreno para el populismo y la irresponsabilidad, ya que lo único importante puede ser quedar en la memoria.

La limitación de mandatos no es ningún remedio ni para el clientelismo ni para la corrupción. Está claro que quién quiere robar y corromperse no necesita de ninguna renovación electoral para hacerlo, pues se pone mano a la obra incluso antes de tomar posesión, como ha sucedido en muchas ocasiones. Es más lo que puede hacer es acelerar el ritmo depredador como fue el caso de los presidentes mexicanos del PRI.

La corrupción se evita o se aminora con una serie de medidas concretas y eficaces, y tan corrupto o poco corrupto puede ser un dirigente en su primer año de mandato como en el vigésimo.

La otra cuestión es la clientelar. Lo primero que hemos de hacer es determinar qué entendemos por clientelismo y qué entendemos por electores contentos con la gestión de un determinado político en cuanto entiende que les conviene a sus intereses.

Grosso modo y provisionalmente podemos decir que el clientelismo se caracteriza por ser personal, tener nombre y apellidos, y que lo otro es impersonal o de un colectivo difícilmente individualizable (sé que esto merece una explicación mejor). Si teóricamente la diferenciación es complicada, en el debate político lo es aún más ya que el oponente considerará que cualquier medida del oponente es clientelar si refuerza a sus votantes.

Es cierto que el clientelismo necesita de tiempo y que este tiempo lo pueden dar los sucesivos mandatos, pero tampoco deja de ser cierto que si alguien consigue estar en el poder será por algo más que por unas migajas a un grupo reducido de personas, pues tener una clientela de millones no es posible (se transformaría en la otra posibilidad).

Para finalizar

La limitación de mandatos es una restricción a la libertad de elección política y como tal hay que exigirle un nivel de justificación elevado. No hay argumentos de peso que nos digan que la limitación de mandatos evite ni la pérdida de impulso, el clientelismo y la corrupción. Es más, cada vez que en España se habla de limitación de mandatos da la impresión que lo que se quiere es forzar un cambio de gobierno por ‘el ministerio de la Ley’ y no por medio de los votos.

La limitación de mandatos no está prohibida para los individuos. José María Aznar dijo que no aspiraría al tercer mandato y lo cumplió. Todos los que antes, ahora y en el futuro se presenten como valedores de esta limitación pueden empezar dando ejemplo y autolimitándose en sus aspiraciones electorales.


Filed under: Celtiberia, Ciencias Políticas, Elecciones, Política
Posted originally: 2010-10-18 09:01:41

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