Proyectos de ley olvidados


Proyectos de ley olvidados
La Ley de Enjuiciamiento Civil (año 2000) contenía tres mandatos al gobierno para elaborar tres proyectos de Ley de materias de máxima importancia y que requerían actualización. La Disposición Adicional 18ª ordenada que, en el plazo de un año, el gobierno enviase a las Cortes un proyecto sobre Jurisdicción Voluntaria. La Disposición Adicional 19º mandaba [...]

La Ley de Enjuiciamiento Civil (año 2000) contenía tres mandatos al gobierno para elaborar tres proyectos de Ley de materias de máxima importancia y que requerían actualización.

La Disposición Adicional 18ª ordenada que, en el plazo de un año, el gobierno enviase a las Cortes un proyecto sobre Jurisdicción Voluntaria. La Disposición Adicional 19º mandaba lo mismo, pero en seis meses, y en materia concursal. La Disposición Adicional 20ª hacía lo propio y también en seis meses sobre ‘cooperación jurídica internacional en materia civil’, es decir, todo lo que es el Derecho Internacional Privado.

Desde entonces solamente hemos visto la aprobación de una de esas leyes, la Ley Concursal en 2003. Cuestiones tales como la administración de bienes de personas incapacitadas (algo importante en una sociedad envejecida) o la protocolización de testamentos está en manos de una norma de 1881, así como las adopciones entre españoles en una sociedad que ha creado numerosas figuras intermedias.

Las adopciones internacionales y multitud de cuestiones relativas a comercio internacional están en mano de un puñado de artículos del Código Civil, unos cuantos tratados internacionales y una jurisprudencia que se ha convertido en ley por la inactividad secular del legislador español en este tema.


Filed under: Celtiberia, Derecho Administrativo, Derecho Civil, Derecho Internacional, Derecho Mercantil, Derecho Procesal, Economía, Partido Popular, Política, PSOE
Posted originally: 2010-10-14 09:00:47

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