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Así será el control sanitario tras la reapertura de la frontera

Así será el control sanitario tras la reapertura de la frontera
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Cruz Roja asumirá la subcontrata, bajo la supervisión de Sanidad Exterior, del control de los pasaportes Covid


Cuando en la medianoche del próximo lunes se reabra la cancela del paso fronterizo del Tarajal, que separa a Ceuta de Marruecos, pocas posas habrán cambiado desde que se cerrara el 13 de marzo de 2020, recién declarada la pandemia de covid-19. De momento, a la espera de la aduana comercial y otros posibles cambios, como la frontera inteligente pendiente, solo un detalle diferenciará esa frontera a la anterior a la pandemia: el control sanitario.

Al igual que en los aeropuertos se ha establecido un control sanitario para los viajeros de terceros países fuera del espacio comunitario, también lo habrá en la frontera del Tarajal. Una subcontrata, que asumirá Cruz Roja, será la encargada de poner en práctica esos controles bajo supervisión de Sanidad Exterior. 

El puesto de control, que gestionará Cruz Roja, se colocará inmediatamente antes del control de la Policía Nacional y de la Guardia Civil, y serán técnicos de esta organización, al igual que hacen otras subcontratas en las terminales de toda España, los encargados de comprobar el pasaporte covid o una prueba equivalente, según confirman fuentes de Sanidad Exterior a Ceuta al Día. 

A priori, a falta de que el Ministerio de Sanidad determine por escrito los requisitos necesarios para acceder a los territorios de Ceuta y Melilla, serán los mismos que rigen para acceder a territorio nacional por puertos y aeropuertos, donde todos los pasajeros "podrán ser sometidos a un control sanitario en el primer punto de entrada que incluirá, al menos la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre su estado físico”.

Los documentos sanitarios válidos para cruzar una frontera española son, en la actualidad, un certificado de vacunación que confirme que el pasajero ha recibido una pauta completa de vacunación contra la COVID-19, o en su caso un certificado de prueba diagnóstica que confirme que el pasajero ha dado negativo en COVID-19, cuya muestra haya sido obtenida en las 72 horas anteriores a la salida; o también un test de detección de antígenos incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígenos para COVID-19, cuya muestra haya sido obtenida en las 24 horas anteriores a la salida.       

En el caso del pasaporte de vacunación deberá estar expedido por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa , siempre y cuando no hayan transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis de dicha pauta. A partir de ese momento, el certificado de vacunación expedido por la autoridad competente del país de origen deberá reflejar la administración de una dosis de refuerzo, con excepción de los certificados de vacunación de las personas menores de 18 años que seguirán siendo válidos transcurridos los 270 días de la primovacunación.

A los pasajeros con certificado Covid digital de la Unión Europea (EU Digital Covid Certificate) no se les exigirá ninguna documentación adicional, ni en el embarque ni en los controles sanitarios a la llegada . En cambio, los pasajeros sin Certificado Covid Digital de la Unión Europea (EU Digital Covid Certificate) deberán presentar el código QR de Spain Travel Health "SpTH" .

Puede consultarse toda la información en la web del Ministerio de Exteriores

Así será el control sanitario tras la reapertura de la frontera


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