Así, tras la consulta hecha al Ministerio de Medio Ambiente, a partir de ahora las medidas son las siguientes:
-Prorrogación de la gratuidad en la vacunación antirrábica de perros, gatos y hurones, en principio, hasta el 15 de septiembre de 2009.
-Se anula la disposición siguiente: “Suspensión cautelar de concursos, certámenes o cualquier otra actividad cinegética que suponga la suelta y/o concentración de animales susceptibles a la rabia.”
Para que se autoricen dichos concursos, es necesario que se demuestre, documentalmente, que los animales tienen la suficiente titulación de anticuerpos frente a rabia (titulación mayor o igual a 0,5 UI/ml), mediante Documento acreditativo de dicha condición o Pasaporte de Animales de Compañía.
Los propietarios de animales de compañía deberán portar obligatoriamente la siguiente documentación:
• para la circulación de los citados animales por el término municipal de Ceuta es preciso la Tarjeta de Identificación Animal;
• para su tránsito por el territorio nacional, cartilla sanitaria o pasaporte de animales de compañía, con la vacunación de rabia en vigor;
• Para traslados entre países miembros pasaporte, con vacunación de rabia en vigor y otras especificaciones según el país de destino.
• Para animales procedentes de países terceros deben presentar el Pasaporte de animales de compañía o el Certificado de titulación antirrábica, por laboratorio autorizado y homologado, con titulación igual o superior a 0,5UI/ml.
• Se complementa la siguiente medida: se exigirá conducir a los animales con cadena o correa y bozal correspondiente. El bozal no será necesario en el caso de animales cuyo propietario demuestre, documentalmente, que su mascota tiene la suficiente titulación de anticuerpos frente a rabia (titulación mayor o igual a 0,5 UI/ml), mediante documento acreditativo de dicha condición o Pasaporte de Animales de Compañía. Todo ello sin perjuicio de la obligatoriedad de que los animales potencialmente peligrosos lleven bozal.