AYUDAS

El INGESA pagará la gasolina a los pacientes que usen su coche para tratarse fuera pero no cruzarlo en barco

El INGESA pagará la gasolina a los pacientes que usen su coche para tratarse fuera pero no cruzarlo en barco
puerto coches ambulancia
Las ayudas son para el transporte en vehículos no sanitarios.

La Administración modifica la normativa que desde 2006 regula el pago de ayudas para "ser diagnosticados, completar un estudio diagnóstico o ser sometidos a un tratamiento" en un centro peninsular "utilizando medios de transporte no sanitario".


El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) ha publicado este jueves en el BOE una modificación de la normativa vigente desde hace doce años que regula las ayudas por desplazamiento y dietas de estancia a los beneficiarios de la asistencia sanitaria de Ceuta desplazados a otros centros del territorio nacional para "ser diagnosticados, completar un estudio diagnóstico o ser sometidos a un tratamiento" en un centro peninsular "utilizando medios de transporte no sanitario".

La nueva Resolución, que entrará en vigor este viernes, pasa a contemplar la cobertura del uso de coche particular a tal efecto pero deja claro que "en ningún caso" se abonarán ayudas "por los gastos de traslado de vehículos particulares utilizando otros medios de transporte (ferry, barco, etc.)".

Sí las habrá para cubrir "los trayectos de ida y vuelta" por "el recorrido más corto" cuando el viaje se realice en vehículo particular. Se pagará por dicho desplazamiento "un importe fijo por kilómetro recorrido" de acuerdo con "la normativa reguladora de las indemnizaciones por razón del servicio para el personal de la administración general del Estado" y siempre que la cantidad resultante sea inferior "a las que hubiesen correspondido en un desplazamiento en transporte regular por carretera, en clase turista, o equivalente".

Deberán presentarse "los justificantes originales que verifiquen la realización de los desplazamientos y sus importes" y si se hace uso de vehículo particular, "justificantes originales, o en su caso, una declaración responsable en la que se hará constar el empleo de dicho medio de transporte y los datos del vehículo que verifiquen el empleo de tal medio".

Estas ayudas se basan en el principio de que "la situación geográfica de Ceuta y Melilla no puede constituir para sus habitantes ningún tipo de discriminación en el acceso a las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud" y de que la Administración "debe garantizarles el acceso y la continuidad de las prestaciones sanitarias atendiendo a su localización extrapeninsular".

La necesidad de desplazamiento en todo caso ha de ser indicada por el facultativo responsable de la asistencia al paciente o por la Dirección Territorial del INGESA "cuando concurran circunstancias de carácter asistencial que así lo aconsejen".

El importe de las ayudas por desplazamiento se ajusta "a las tarifas vigentes en el momento de la realización del viaje, para el transporte regular por vía marítima, aérea, ferrocarril o transporte por carretera". El traslado entre la estación, puerto o aeropuerto y el centro sanitario de destino se paga "de acuerdo a las tarifas vigentes de autobús o ferrocarril de cercanías (o, en su caso, ferrocarril en segunda clase) o metro". Si no se encuentra accesible ninguno de los medios de transporte citados se abona, previa justificación," el importe del taxi hasta el punto de enlace más próximo".

 

Manutención y alojamiento

Además, "con el fin de hacer menos onerosos los gastos a los pacientes desplazados y, en su caso, a los acompañantes", también hay yudas por manutenció excepto en los casos que requieran ingreso hospitalario (10 euros al día) y para alojamiento (15 euros diarios) para los pacientes que permanezcan durante dos o más días consecutivos en otra localidad para recibir la asistencia.

Podrán percibir dicha ayuda los acompañantes de pacientes ingresados en localidad distinta a la de su residencia, siempre que acrediten el número de días que permaneció ingresado el paciente.

Además, la Ciudad aporta ayudas propias con el mismo fin que se elevan a 9,6 euros diarios y para las que la Consejería ha presupuestado este año una partida de 95.000 euros.

El INGESA pagará la gasolina a los pacientes que usen su coche para tratarse fuera pero no cruzarlo en barco


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