BOCCE

Las reuniones en espacios públicos se reducen a un máximo de dos personas no convivientes desde el domingo

Las reuniones en espacios públicos se reducen a un máximo de dos personas no convivientes desde el domingo
Gente con mascarilla. Imagen de recurso
Gente con mascarilla. Imagen de recurso

El Boletín Oficial de la Ciudad de ceuta publica este viernes en una edición extraordinaria con nuevas medidas de restricciones para tratar de frenar la pandemia. La limitación de la movilidad y la permanencia en espacios tanto púbicos y privados se reducen aun más, recortando las interacciones sociales, limitando las reuniones en espacios públicos a un máximo dos personas no convivientes. 

La medida estará vigente desde este domingo, tal y como precisa su artículo 8: “Este Decreto tendrá efectos desde las 00:00 horas del día 31 de enero de 2021 hasta las 00:00 horas del día 28 de febrero de 2021”. 

Reuniones

En su artículo 5, el nuevo decreto precisa que “la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de 2 personas, salvo que se trate de convivientes. Igual limitación resultará para los espacios de uso privado”. 

Una limitación en la que, matiza el decreto, “no estarán incluidas en la limitación prevista en este artículo las actividades a que hace referencia el apartado 4) del artículo 7 del Real Decreto 926/2020, de 25 octubre, ni afectará a la confluencia de personas en instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen aprobado por la autoridad sanitaria competente”.  Esto es, ni el entorno laboral ni la hostelería están afectadas por esta nueva limitación. 

Movilidad

Las medida para la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno se amplían una hora más. Así, durante la franja horaria comprendida entre las 22:00 y las 06:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público en los casos previstos en el artículo 5.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. 

Se mantiene además el cierre perimetral de Ceuta, por lo que sigue restringida la entrada y salida de personas en la ciudad salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos contemplados en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. 

Lugares de culto

Se mantiene también la restricción que limita la permanencia de personas en lugares de culto a un tercio de su aforo y hasta un máximo de 75 personas. 

Puede consultar el Decreto completo en este enlace

Las reuniones en espacios públicos se reducen a un máximo de dos personas no convivientes desde el domingo


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad