DECRETO

Sanidad prohíbe fumar en las terrazas hosteleras a menos de dos metros de otros clientes

Sanidad prohíbe fumar en las terrazas hosteleras a menos de dos metros de otros clientes
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Imagen de recurso.
En caso de proximidad de mujeres embarazadas, personas mayo-res, menores de 18 años o personas con algún tipo de discapacidad, la distancia debe ser obligatoriamente de 3 metros como mínimo.

El consejero de Sanidad, Alberto Gaitán, ha publicado este lunes un decreto con las nuevas medidas sanitarias preventivas en materia de COVID-19, entre las que se incluye la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima inter-personal de, al menos, 2 metros.

Esta limitación será aplicable también en el ámbito de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración y será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, cigarrillos electrónicos, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

En caso de proximidad de mujeres embarazadas, personas mayo-res, menores de 18 años o personas con algún tipo de discapacidad, la distancia debe ser obligatoriamente de 3 metros como mínimo.

Sanidad prohíbe fumar en las terrazas hosteleras a menos de dos metros de otros clientes


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