Baigorri y Zamora reclaman a la AD Ceuta 285.000 euros por sendos presuntos despidos improcedentes


Baigorri y Zamora reclaman a la AD Ceuta 285.000 euros por sendos presuntos despidos improcedentes

- La defensa de los dos jugadores, fichados el año pasado y con contrato hasta 2012, exige que se permita a ambos volver a desempeñar el trabajo para el que fueron contratados o, en su caso, que sean indemnizados

- El club, que el 4 de julio anunció que les "liberaba" para irse, no se personó al acto de conciliación que tuvo lugar el pasado 14 de septiembre en el Juzgado de lo Social

Los defensas Álvaro Baigorri y Juan Antonio Zamora, incorporados a la disciplina de la Asociación Deportiva Ceuta hace quince meses, durante el último verano de fichajes antes de que el Gobierno local del PP anunciase que cerraba el grifo de la subvención municipal, mantienen abiertos dos procedimientos en el Juzgado de lo Social de la ciudad autónoma contra el club, al que reclaman 285.000 euros en concepto de indemnización al entender que han sido víctimas 'de facto' de sendos despidos improcedentes o, en el mejor de los casos, que les permita volver a desempeñar el trabajo de futbolistas profesionales para el que fueron contratados por dos años.

Después de una temporada en el conjunto caballa en el que fueron titulares en su momento estelar, la eliminatoria de Copa del Rey que le midió al Fútbol Club Barcelona, el pasado 4 de julio la Directiva de la AD Ceuta, una vez conocidos los planes de Vivas, emitió un comunicado en el que aseguró haber comunicado a Zamora, Baigorri y otros cinco compañeros que sus contratos ya no eran asumibles, por lo que les liberaba de sus compromisos contractuales para fichar por otros equipos.

La defensa de los dos entiende, sin embargo, que el año de contrato que les queda por cumplir con el club caballa no se ha volatilizado sin ningún acuerdo de por medio, por lo que al impedirles entrenar y jugar, hacer su trabajo, interpreta que la AD Ceuta está incurriendo en "un caso de despido improcedente" con ambos.

La Asociación Deportiva no se personó al acto de conciliación que hace dos semanas, el pasado 14 de septiembre, tuvo lugar en el Juzgado de lo Social, del que se levantó acta "sin efecto" a la espera, ahora, de que se señale la vista oral de sus dos procesos, algo que su defensa espera que tenga lugar "antes de final de año".

Los dos jugadores reclaman a la Asociación Deportiva ser readmitidos en sus puestos de trabajo y el correspondiente abono de los salarios impagados o, en su caso, ser indemnizados "de acuerdo con las cláusulas incluidas en sus contratos". Baigorri pide, en este caso extremo, percibir 175.000 euros; Zamora, 105.000.

El Real Decreto 1006/85, que regula “la relación laboral de los deportistas profesionales”, contempla el despido improcedente de estos en su artículo 15.1, donde establece que “en caso de despido improcedente, sin readmisión, el deportista profesional tendrá derecho a una indemnización, que a falta de pacto se fijará judicialmente, de al menos dos mensualidades de sus retribuciones periódicas, más la parte proporcional correspondiente de los complementos de calidad y cantidad de trabajo percibidos durante el último año por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año. Para su fijación se ponderarán las circunstancias concurrentes especialmente las relativas a la remuneración dejada de percibir por el deportista a causa de la extinción anticipada de su contrato”.

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