HALLAZGO

Encuentra mil euros en el Paseo del Revellín y lo entrega a la Policía ¿Qué habría sucedido si se lo queda?

Encuentra mil euros en el Paseo del Revellín y lo entrega a la Policía ¿Qué habría sucedido si se lo queda?
Cordón policial
policía local
El dinero será de quien lo encontró si pasados dos años del hallazgo nadie reclama su legítima propiedad

El 13 de enero de  2020, un honrado ciudadano se presentó en las dependencias de la Jefatura de Policía Local manifestando que tres días atrás se había encontrado 1.000 euros en el Paseo Revellín. “Al resultarle infructuosa la devolución del mismo a su legítimo dueño, hizo entrega al agente P-273 de dicha cantidad, que fue objeto de ingreso en una cuenta bancaria de la Ciudad de Ceuta”, explica el anuncio publicado este martes en el Tablón de Anuncios.

Como da fe el anuncio oficial, el susodicho ciudadano obró como debe, pero probablemente no solo por responsabilidad. Quiso el azar que quien realizó el hallazgo tuviera, además de civismo, conocimiento de causa y, como abogado colegiado que es sabía a qué se atiene si no devuelve el dinero a su legítimo propietario o, en su defecto, a las autoridades: estaría cometiendo un delito de apropiación indebida.

La ley contempla sanciones para todo aquel que ceda a la tentación y se apropie de dinero que no es suyo, aunque se lo haya encontrado de manera fortuita. Los artículos 253 y 254 del Código Penal especifica que “serán castigados los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble que hubieran recibido en depósito, comisión o custodia o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido”.

El “castigo” al que se refiere el Código Penal va acorde con la cantidad: “Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses” que decidirá un juez. Pero, ojo, si supera ese límite o se trata de objetos de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena puede ascender entre los 6 meses a los dos años de prisión.

La conducta que se reprocha en este tipo penal —señala la web especializada mundojurídico-info—no se centra en el “hallazgo de la cosa” sino en “la no devolución de la cosa perdida hallada” haciéndola definitivamente suya.

¿Qué hago si me encuentro dinero en la calle?  

Según el Código Civil, en su artículo 615, ya sea dinero o un objeto “se debe restituir a su anterior poseedor. Si este no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo dónde se hubiese verificado el hallazgo.” No es necesario que siga al pie de la letra la Ley,  no hace falta que le lleve el dinero encontrado a Juan Vivas. Basta con contactar con la Policía Local o con la oficina de Objetos Perdidos del Ayuntamientos.

Una vez hecha la entrega a las autoridades del objeto o el dinero extraviado, se abre un proceso a la espera de que aparezca el propietario. En el caso que nos ocupa, el de los 1.000 euros extraviados, el expediente está en la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación y tiene el No 46637/2020.

En caso de que aparezca el legítimo dueño, la persona que lo encontró y lo devolvió tendrá una recompensa, que acostumbra a ser la décima parte del valor del objeto o la vigésima si supera los 12 euros. 

Si el propietario no aparece y pasan dos años sin que nadie los reclame, entonces los 1.000 euros en cuestión serán ya legítimamente del honrado ciudadano que los encontró y se los entregó a la Policía Local.

Encuentra mil euros en el Paseo del Revellín y lo entrega a la Policía ¿Qué habría sucedido si se lo queda?


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