Un guardia civil, condenado por vejaciones tras multar “por capricho” a un motorista hace un año


Un guardia civil, condenado por vejaciones tras multar “por capricho” a un motorista hace un año

- La juez "no entiende" por qué el agente ordenó parar al piloto por adelantarle por la derecha pero le sancionó por no llevar abrochado el caso, infracción que no ha quedado probada

- La sentencia, recurrida ante la Audiencia, considera que el miembro de la Benemérita actuó “sin criterio, rigor y de forma aleatoria”

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta ha condenado a un guardia civil destinado en la ciudad autónoma por una falta de vejaciones al pago de 50 euros tras considerar probado que actuó “por capricho” y “sin criterio, rigor y de forma aleatoria” cuando, tras ordenar detenerse a un motorista por rebasarle por la derecha, acabó sancionándole por no llevar abrochado el caso, infracción que no ha quedado demostrado que cometiese.

En la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Ceutaldia.com, la juez considera que “es evidente que el agente de la Guardia Civil no procedió como debía” y subraya que aunque “podría parecer que es leve la conducta ejecutada no es menos cierto que no es para el ciudadano indefenso”.

Los hechos juzgados tuvieron lugar el 26 de mayo del año pasado por la tarde en la avenida Compañía del Mar cuando el denunciante, militar en ejercicio, y su esposa se incorporaron a la circulación a bordo de una motocicleta mientras el guardia denunciado y su compañero transitaban por la vía mencionada. Al creer que el agente circulaba “lento” por razones del servicio, la pareja le adelantó por la derecha.

El guardia les ordenó entonces pararse y entabló con ellos una discusión, anunciando al piloto que le multaría “por no llevar abrochado el casco de protección” cuando ya se lo había quitado. A la esposa le advirtió de que “tú te callas que si no te denuncio a ti también”.

El agente condenado, que ha recurrido ante la Audiencia Provincial, argumentó que cuando menos fue “benévolo” al no sancionar al ciudadano por adelantarle por la derecha, sino por no llevar abrochado el casco. Sin embargo, la juez “no entiende” por qué no se impuso una sanción por el adelantamiento por la derecha “y sí por el casco, falta administrativa de la que, además de no existir prueba alguna de su comisión […] que según consta en la documental unida a las actuaciones es la más grave, la más importante y de la que el ciudadano nunca pudo defenderse”. De todo ello deduce que la conducta del guardia “supuso una vejación para el denunciante”.

“A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, al igual que los que ejercitan la Función Pública, le son exigibles un mayor rigor en el ejercicio de su función, teniendo en última instancia que ponderar el ejercicio de su cargo, auxiliando y favoreciendo el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas”, concluye la sentencia, que remacha que “no lo hizo el agente de la autoridad cuando sanciona unas conductas indefendibles y deja pasar otras que, por capricho, son elegidas como exentas de sanción administrativa pese a tenerlas, según su propia manifestación”.

Un guardia civil, condenado por vejaciones tras multar “por capricho” a un motorista hace un año


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