La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (compuesta por Rafael García Laraña, Julio Ruiz-Rico y Aurora González) ha decidido rebajar la pena a un hombre que habría realizado actos sexuales a una niña de 14 años tras darle alcohol y una pastilla. Estima el tribunal parcialmente la apelación de la defensa de I. M. A. a quien deja la condena en tres años de prisión, en vez de los cinco de la sentencia inicial.
El motivo, que consideran imposible probar si medió violencia o hubo acceso carnal.
Los hechos datan de julio de 2019, cuando, según la sentencia, el acusado se acercó a una menor de 14 años en la explanada situada frente al Colegio Reina Sofía. Le dio una pastilla no identificada y alcohol y la niña se fue con él en su vehículo llevándola a un local donde pasaron la noche. En ese espacio ambos se habrían besado, realizándole actos de naturaleza sexual “no exactamente concretados”, sufriendo la menor dos hematomas en el brazo izquierdo, una equimosis (derrame subcutáneo) en la región perineal derecha y una zona erosivo-contusa en la misma región.
La sentencia inicial condenaba a I. M. A. como autor de una agresión sexual a cinco años de prisión, además de una orden de alejamiento de cien metros y otra serie de prohibiciones. Por contra, tras admitir parcialmente la alegación, se rebaja la calificación a abuso sexual. Cabe destacar que esta reducción de condena nada tiene que ver con la Ley del 'sí es sí', sino con la interpretación de los tres magistrados citados anteriormente.